La Cámara Federal confirmó el procesamiento del líder de Quebracho, Fernando Esteche, acusado por "amenazas coactivas" hacia militantes de la comunidad judía en un intento de protesta ante la Embajada de Irán en Buenos Aires.
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Los hechos tuvieron lugar el 23 de agosto de 2006 en las inmediaciones de la Embajada de la República Islámica de Irán en Buenos Aires, y en la que Esteche, como líder de Quebracho, intentó evitar una manifestación de la comunidad judía en repudio por la situación de violencia en Medio Oriente.
Al confirmar el procesamiento del juez Ariel Lijo, los camaristas Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah tuvieron en cuenta no sólo el testimonio de personas víctimas de las amenazas sino también señalaron que "las imágenes obtenidas aquel día reflejan cómo, alrededor de las 18:25, un grupo de aproximadamente diez personas -entre las que visiblemente se encontraba Esteche- se desprendió de la reunión pública de la que hasta ese momento estaba formando parte en la puerta de la Embajada de Irán, acercándose a otros que, recién llegados, pretendían dirigirse hacia el mismo lugar".
"Es posible observar cómo, durante esos instantes, los primeros cerraron el paso a los segundos, les propinaron gritos, y también tuvieron algún contacto físico con ellos, obligándolos de ese modo a desistir del propósito por el que habían arribado al sitio. El desenlace de la situación muestra a los afectados volviendo sobre su marcha", señalaron los jueces en la resolución.
Los jueces aclararon que "no se juzga aquí ni la amplitud del derecho a manifestarse a favor o en contra de una determinada política estatal ni la de expresar públicamente una u otra opinión; sólo se pretende dilucidar si, aprovechándose del contexto legítimo de una protesta social Esteche incurrió en un delito".
"Esteche participó de un comportamiento concreto mediante el cual hizo uso de amenazas con el propósito de obligar a otros a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad", añadieron los jueces, quienes, no obstante, rebajaron la calificación legal ya que "no es posible afirmar que para esa acción puntual haya empleado armas".
"Sin que quepa emitir opinión acerca de si los 'palos' que llevaban algunas de las personas que se encontraban al frente de la Embajada de Irán pueden o no encuadrarse en el concepto de 'arma impropia', lo cierto es que en la secuencia delictiva analizada en la presente, no se observa a Fernando Esteche ni a quienes lo acompañaron en ese momento -hasta donde se alcanza a corroborar con las imágenes- portando esos u otros elementos", concluyó el Tribunal.
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