La Justicia rechazó la medida cautelar presentada por el juez Martín Irurzun para evitar el cese en sus funciones al cumplir 75 años y continuar como integrante de la Cámara Federal porteña. Con la resolución, el magistrado quedó más cerca de abandonar el tribunal, ya que el fallo mantiene vigente la aplicación del artículo 99 inciso 4° de la Constitución Nacional, que exige un nuevo nombramiento con acuerdo del Senado para que un juez permanezca en el cargo una vez alcanzada esa edad.
La Justicia rechazó la cautelar del juez Martín Irurzun y quedó más cerca de dejar la Cámara Federal
El juez federal buscaba suspender la aplicación del límite constitucional de 75 años para continuar en el cargo. El juzgado concluyó que "no se encuentran reunidos los recaudos" para conceder la medida y sostuvo que el planteo se enfrenta al precedente de la Corte Suprema en el caso Schiffrin.
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El juez Federal Martín Irurzun.
Irurzun había solicitado que se suspendieran los efectos de esa cláusula constitucional al considerar que constituye "un acto nulo, de nulidad absoluta" y que vulnera la garantía de inamovilidad de los jueces. En su presentación sostuvo además que la Convención Constituyente de 1994 "mal pudo arrogarse competencias que no le fueron atribuidas" por la ley que habilitó la reforma constitucional.
Sin embargo, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 1 rechazó el planteo al entender que "no se encuentran reunidos los recaudos que justificarían el dictado de la medida que se solicita". Según la resolución, Irurzun no logró acreditar "la verosimilitud del derecho y de la ilegalidad que se invoca" para suspender de manera cautelar una disposición incorporada a la propia Constitución.
El fallo remarca además que el planteo aparece, "en principio", resuelto por la doctrina fijada por la Corte Suprema en el precedente Schiffrin, que avaló la constitucionalidad del límite etario para los magistrados. En ese sentido, recordó que los jueces inferiores "tienen el deber de conformar sus decisiones" a la jurisprudencia del máximo tribunal y concluyó que el actor no aportó "nuevas circunstancias o argumentos que justifiquen modificar" ese criterio.
La resolución también enfatiza que suspender cautelarmente una cláusula constitucional exige un análisis especialmente estricto porque implica afectar el principio de división de poderes. En ese marco, recordó que la misión del Poder Judicial es "mantenerse dentro del ámbito de su jurisdicción, sin menoscabar las funciones que incumben a los otros poderes".
Finalmente, el juzgado resolvió "rechazar la medida cautelar solicitada", por lo que, salvo que obtenga un pronunciamiento favorable en instancias superiores o avance otro mecanismo institucional, Irurzun deberá dejar su cargo al cumplir 75 años el próximo 18 de julio.
El antecedente Schiffrin y el límite de los 75 años
El planteo de Irurzun buscaba reabrir una discusión que la Corte Suprema saldó en 2017 con el fallo Schiffrin. En esa oportunidad, el máximo tribunal dejó atrás la doctrina del caso Fayt y avaló la constitucionalidad de la cláusula incorporada en la reforma de 1994 que obliga a los jueces a obtener un nuevo nombramiento, con acuerdo del Senado, para continuar en sus cargos después de cumplir 75 años.
En la resolución conocida este jueves, el juzgado recordó que, si bien los fallos de la Corte no son formalmente obligatorios para casos análogos, los tribunales inferiores deben ajustar sus decisiones a esa jurisprudencia salvo que existan fundamentos novedosos que justifiquen apartarse de ella. En ese sentido, concluyó que Irurzun "no logró demostrar, con rango suficientemente verosímil, nuevas circunstancias o argumentos" que habiliten revisar el criterio fijado por el máximo tribunal.
Además, el fallo recordó que existe un procedimiento reglamentado para los magistrados que alcanzan esa edad. Si el Poder Ejecutivo no impulsa un nuevo nombramiento o el Senado no presta acuerdo, corresponde iniciar el proceso para cubrir la vacante, por lo que la cautelar también hubiera alterado ese mecanismo previsto por la normativa vigente.



