Apenas se conoció el fallo de la Corte Suprema que declaró la inconstitucionalidad de la actual conformación de 13 miembros del Consejo de la Magistratura, se activó una “rosca” incesante por los diversos sillones a cubrir, en un plazo de 120 días que para los movimientos que implica, es fugaz. Tal como lo adelantó Ámbito, en exclusiva, el 27 de septiembre, era la sentencia que cobró vigor con el cambio de autoridades en el máximo Tribunal y que cambiaría el mapa de poder dentro del Poder Judicial. Finalmente, ocurrió. Y a pesar de la serie de “migas” que la mayoría de los jueces fue dejando por el camino, tomó de sorpresa a un sector del Gobierno que consideró los términos de la decisión como una declaración de guerra. Los despachos oficiales se convirtieron ayer en un hormiguero, azotados por golpes de teléfono para trazar estrategias de amplio espectro para contestar: ¿Podría acelerarse el envío al Congreso de un proyecto de ampliación de la Corte? El tema estuvo presente. El revuelo alcanzó –por diversos motivos- a los abogados, a los académicos y sobre todo a los políticos.
Por fallo de Corte arranca temporada de “rosca” por nuevo Consejo de la Magistratura
Tal como adelantó Ámbito en septiembre, declaró inconstitucional formato de 13. Plazo máximo de 120 días para nueva ley o regreso a modelo de 20, con Rosatti en cabecera. Revuelo en la política y furia en el oficialismo. Abogados y académicos win-win.
-
El Consejo de la Magistratura blanquea sus números para contrarrestar opacidad
-
La Corte Suprema presiona al Consejo por la selección de los jueces
En síntesis, la Corte tomó el expediente que venía con una tacha de inconstitucionalidad desde fines de 2015 por parte de la Cámara Contencioso Administrativa Federal, ignoró la opinión del Procurador Eduardo Casal en contrario, y sostuvo que la ley impulsada por Cristina de Kirchner como senadora en 2006 para reducir de 20 a 13 miembros era inconstitucional. El voto de mayoría lo firmaron Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda. En el mismo sentido –pero con una disidencia parcial- votó Ricardo Lorenzetti. La Corte pulverizó sistema de integración, quórum y mayorías que rigieron hasta ayer. Dejaron a salvo todo lo resuelto en estos (nada menos que) 15 años para evitar un caos absoluto pero remarcaron un punto: existen 120 días para rellenar las sillas vacías hasta alcanzar el número de 20. Si al día 121 ese recambio no se produjo, la actuación del Consejo desde ese momento será nula.
La Corte arribó a la conclusión, no basados en una “igualdad” de estamentos en términos numéricos, sino en el concepto de “equilibrio” que la Constitución prescribe para el órgano de selección y remoción de jueces. Y se apoyó en que ese equilibrio se ve trastocado si un estamento, como el de la política, concentra mayoría de miembros (7/13). Contabilizó en ese haber el representante del Ejecutivo y los seis legisladores (dos por la mayoría y uno por la minoría de cada Cámara). La crítica sobre este punto siempre giró a que, empíricamente, jamás oficialismo y oposición se juntaron para adoptar una decisión que dejara afuera a los jueces, abogados y académicos. La opción de control hegemónico o de bloqueo de decisiones por sí mismos fue el utilizado por los jueces. La deriva fue que el estamento “político” sí tenía esa posibilidad y que por ende, era lo que no se ajustaba a la pauta constitucional.
Orden
Por eso, en lo dispositivo, la Corte estableció que el Congreso deberá dictar en un plazo razonable una nueva ley que organice el Consejo de la Magistratura. Ese plazo movió el avispero de la política en dos aspectos: el primero, los consensos necesarios para el dictado de una nueva ley. El consejero y diputado del PRO Pablo Tonelli envió un guiño para sancionar “rápidamente” una nueva ley basada en los proyectos presentados en los últimos años. El Gobierno presentó hace días uno que tomaba el modelo acordado durante el macrismo y le sumaba un integrante académico. La política deberá hacerse la pregunta si quiere a la Corte adentro o afuera del Consejo. Ningún modelo posterior al de 20 contempló un sillón para el máximo tribunal.
La Corte dijo que hasta tanto esa ley sea dictada corresponde que en los puntos regidos por las normas declaradas inconstitucionales e inaplicables recobre plena vigencia el régimen previsto por la ley 24.937 (texto según ley 24.939), debiendo tenerse especialmente presente que para aprobar y elevar ternas de candidatos la mayoría requerida es de dos tercios de los miembros presentes.
Se fijó el plazo máximo de 120 días corridos contados a partir de la notificación de la sentencia para que el Consejo lleve a cabo las acciones necesarias a fin de cumplir con el sistema de integración del cuerpo, quórum y mayorías y con la composición de las comisiones previstos en la ley 24.937 (texto según ley 24.939). Resulta necesario que sean elegidos e incorporados el número de representantes por estamento para completar la composición fijada por el art. 2 de la Ley 24.937 (texto según Ley 24.939). Los nuevos miembros iniciarán su mandato de manera conjunta y simultánea y lo concluirán -con excepción del presidente, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 10 de la ley 24.937- en el momento en que se complete el período del mandato de los consejeros actualmente en ejercicio. Este punto habilitó la temporada estival de “rosca” es la confusión acerca de cómo interpretar la distribución de las dos bancas por Cámara que se retoman. En su momento, eran para la segunda minoría de cada una (que se agregaban a las de 2 por mayoría+ 1 por primera minoría). Pero era antes de que se normalizara la distribución por bloques, una práctica estrenada en 2016. La especulación y la inquietud atravesó ámbitos legislativos
Pero esto también roza a los abogados que tenían previsto celebrar las elecciones del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal en una fecha de 2022 que la deja al borde de plazo de caducidad del Consejo actual. Esa elección siempre fue trampolín de las sillas de consejeros. Igual estaban de celebración porque con dos bancas más aseguradas era un win-win. La alegría contagiaba a todos los que veían en esta decisión la oportunidad de barajar un nuevo mapa de poder. Sobre todo el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, -distinto del órgano de los matriculados- que fue la asociación que inició el pleito que duró quince años y derivó en este fallo conocido ayer. Sostuvo desde un principio que existía un desequilibrio impulsado por la intención de formatear el Consejo que tenía el primer kirchnerismo.
Pero los académicos tampoco quedaron por fuera de la carrera contra el tiempo. Mientras que el actual miembro de ese estamento es elegido por mayoría del Consejo Interuniversitario Nacional, ayer la UBA comenzó a ilusionarse con poder forzar que una silla la ocupe su representante particular. Peleas de poder que se avecinan.
El sacudón inmediato fue que la Corte dispuso regresar en el mientras tanto al conformado por veinte miembros, presidido por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, funcionará con el quorum de doce miembros y con las comisiones integradas de conformidad con el art. 12 de dicha ley. Lorenzetti en su disidencia parcial planteó que no se podía restituir esa ley porque había quedado derogada, lo que afectaba la seguridad jurídica y hacía que la corte se arrogara facultades legislativas. Un riesgo de choque de poderes que el Gobierno leyó igual. Para Lorenzetti no existían precedentes. Ese tramo fue recogido en algunos sectores como la vía para conjurar que al día 121 Rosatti desembarque en el Consejo. Hasta exploraron qué pasaría si se judicializa. Puras especulaciones. Pero la propia Corte en el fallo “Rizzo” (cuando volteó la reforma del Consejo del kirchnerismo contenida en el paquete de “democratización de la justicia” que había aprobado el Congreso para que los consejeros se eligieran por voto popular) dispuso que mantendría vigencia el régimen anterior.
A partir del día 121 todo será nulo, pero hasta tanto el Consejo cumpla con el mandato de integración del cuerpo o hasta el vencimiento del plazo máximo continuará rigiendo el régimen de la ley 26.080, de 13 miembros, algo que el gobierno decodificó como una sentencia de parate absoluto para la elección de ternas medulares para distintos tribunales.
La carrera contra el tiempo estará dominada por la rosca pero puede desatar conflictos a nivel institucional en un fin de año agitado al que le seguirá un verano vertiginoso.





Dejá tu comentario