El Ministerio de Capital Humano estableció a través del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) una nueva exigencia para la constitución de cooperativas de trabajo y de provisión de servicios para productores rurales. Con esta nueva normativa, será necesario contar con un mínimo de seis asociados para la conformación de este tipo de entidades.
El Ministerio de Capital Humano cambió la normativa para la consitución de cooperativas
Con esta medida, será necesario contar con un mínimo de seis asociados, revirtiendo la legislación previa que permitía sólo tres o cinco integrantes.
-
La Justicia habilitó la feria para tratar un reclamo contra Capital Humano por alimentos
-
El Gobierno homologó el acuerdo paritario de Camioneros
Con esta medida, se revierte una flexibilización implementada en 2021, la cual permitía la creación de cooperativas con tan solo tres o cinco integrantes.
La decisión tomada por la cartera que conduce Sandra Pettovello está fundamentada "en un profundo análisis, así como en los resultados de las fiscalizaciones realizadas durante el último año". Los datos oficiales indican que en 2023 se constituyeron 2684 cooperativas con un número de asociados inferior al mínimo ahora exigido.
No obstante, tan solo un pequeño porcentaje de estas entidades respondió a los requerimientos de fiscalización, lo que "generó preocupación sobre el cumplimiento de los principios cooperativos".
Con esta modificación, Capital Humano busca "fortalecer los valores cooperativos y garantizar el cumplimiento de los principios que rigen a este sector".
Según indicaron en un comunicado, "al establecer un número mínimo de asociados, se promueve una mayor participación y compromiso de los integrantes, lo que se traduce en una gestión más sólida y sostenible de las cooperativas".
Cómo serán las excepciones y la adaptación de las cooperativas existentes
Ahora, el INAES podrá evaluar solicitudes excepcionales para la constitución de cooperativas con menos de seis asociados en casos específicos. Según indicaron, "se priorizarán aquellas vinculadas a actividades informáticas, culturales o de cuidado, siempre y cuando se demuestre la viabilidad de su funcionamiento con un número menor de integrantes".
Por su parte, las cooperativas que fueron constituidas con tres o cinco asociados tendrán un año para adecuarse a la nueva normativa y alcanzar el mínimo de seis integrantes.
Sin embargo, también aclararon que aquellas que se dediquen a servicios informáticos, culturales o de cuidado podrán solicitar una excepción a este requisito, la cual estará sujeta a la evaluación del INAES.
Dejá tu comentario