Restan menos de 20 días para la realización de las elecciones generales en todo el país, instancia en la que los argentinos irán a las urnas y elegirán a uno de los cinco candidatos presidenciales. Sin embargo, aquellos electores que no votaron en las PASO tienen una fecha límite para presentar una justificación por su ausencia ante la Cámara Nacional Electoral (CNE).
Elecciones 2023: cuál es la fecha límite para justificar la ausencia en las PASO
A 20 días de las generales, la Cámara Nacional Electoral (CNE) dispuso que todos los electores ausentes en las primarias justifiquen su inasistencia a través de la página web del organismo.
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El domingo 13 de agosto se realizaron las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias.
Las elecciones primarias quedaron marcadas como una de las elecciones con mayor ausentismo en la historia de los procesos electorales: sólo votó el 69% del padrón electoral y la asistencia fue la más baja en una PASO presidencial. Además, desde la pandemia que no se supera el techo del 72% de la presencia de la ciudadanía en los comicios y nunca una votación primaria alcanzó el 80%.
En ese marco, quienes no hayan asistido a las elecciones primarias recibieron una sanción económica e ingresaron al Registro de Infractores al deber de votar, un apartado de la Cámara Nacional Electoral (CNE) por el cual se puede consultar las faltas a la hora de efectuar el sufragio.
Elecciones 2023: hasta cuándo se puede justificar la ausencia en las PASO
Los electores pueden justificar su ausencia en las elecciones PASO hasta 60 días después de los comicios, por lo que la fecha límite establecida por la Cámara Nacional Electoral (CNE) será el 12 de octubre.
El trámite, en tanto, puede realizarse a través de la página web de la Cámara Nacional Electoral o ante la Secretaría Electoral correspondiente a su distrito.
En caso de no justificar la inasistencia, el artículo 125 del Código Electoral establece una multa económica que puede variar desde los $50 a los $500 según la gravedad de la falta.
Elecciones 2023: si no voté en las PASO, ¿puedo votar en las generales?
Todos los ciudadanos a votar en las elecciones de este año y que figuren en el Registro Nacional de Electores tendrán la posibilidad de votar en los comicios generales. Es decir, si un elector no concurrió a la votación en las PASO del 13 de agosto, está obligado a participar de igual manera el 22 de octubre, según indica el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Únicamente estarán exceptuados de votar los argentinos que pertenezcan a los siguientes grupos:
- Personas mayores de 16 y menores de 18 años.
- Personas mayores de 70 años.
- Jueces y auxiliares que se encuentren en funciones durante la elección.
- Quienes vivan a más de 500 kilómetros del lugar de votación y posean una justificación válida que les impida el traslado.
- Personas enfermas o imposibilitadas de ejercer el sufragio por motivos de fuerza mayor. En este caso también se deberá presentar una justificación.
- Personal que integre organismos o empresas de servicios públicos que cumplan funciones durante el día de la elección.
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