4 de noviembre 2002 - 00:00

Impulsan registro para los lobbystas

La Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado emitirá esta semana el dictamen del proyecto que impulsa la creación de un registro nacional de lobbystas para que se inscriban quienes profesionalmente actúan defendiendo intereses diversos frente a organismos públicos. El proyecto, que lleva años de espera en el Congreso, pondría al país a la par de otras legislaciones en el mundo que cuentan con registros específicos para regular la actividad de quienes peticionan o defienden los intereses de empresas y particulares frente al Poder Legislativo o Ejecutivo, transparentando de esa forma su accionar.

Los lobbystas cumplen habitualmente una intensa actividad en el Congreso para tratar de influir en el trámite parlamentario
de leyes que afecten intereses económicos o, en otros casos, defendiendo derechos personales o colectivos.

El registro de lobbystas intentará transparentar la actividad de esos ejecutivos que se relacionan habitualmente con legisladores y funcionarios del Poder Ejecutivo, actividad que hoy no tiene un marco regulatorio en el país, pero que existe en todo el mundo civilizado. En el registro que se piensa crear deberán constar los datos personales del lobbysta, los intereses a los cuales representa y las sumas de dinero que percibe.

«Lo que queremos evitar es que se atienda de ambos lados del mostrador», dijo el riojano Jorge Yoma, autor de uno de los cinco proyectos que fueron fusionados en la Comisión de Asuntos Constitucionales en un solo dictamen. «Es imprescindible además saber a ciencia cierta cuáles son los intereses que defiende una persona que se acerca a nuestros despachos para plantear cuestionamientos o impulsar determinado proyecto de ley.»

El proyecto define como lobbysta a toda persona que realice acciones en favor de sus intereses o de terceros con la intención de influir sobre proyectos de ley o planes de gobierno. Quienes se inscriban en el registro que manejará la Jefatura de Gabinete y las secretarías de ambas cámaras no podrá ser integrante de ninguno de los poderes públicos, ni pariente o empleado de funcionario alguno.

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