La Legislatura porteña aprobó ley que limita la actividad de "manteros"
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También, quedan fuera de las penas "los artistas callejeros, en la medida que no exijan contraprestación pecuniaria".
En tanto, los legisladores crearon una comisión legislativa para que efectúe una propuesta de resolución sobre la ocupación del espacio público de los artesanos que actualmente ocupan la calle Perú, entre la Diagonal Sur y Rivadavia, en el microcentro porteño.
Asimismo, mientras se debatió el proyecto, puertas afueras de la Legislatura, un grupo de manteros mantuvo una protesta hasta la madrugada en rechazo de la iniciativa del que contemplaba la prohibición de su actividad.
En tanto, la ley aprobada, si bien no está explícito en el texto, abriría la posibilidad de incorporar a los actuales manteros a los centros feriales que funcionan en la Ciudad.
Por ello, plantea un marco regulatorio de la actividad de unas 30 ferias, entre ellas, las del Parque Rivadavia, Centenario, Parque Los Andes, Lezama, Avellaneda, Chacabuco, Plaza Houssay, Julio Cortázar, Palermo Viejo, Dorrego, Paseo Defensa, Diagonal Sur y calle Defensa.
Al respecto, contempla que cada feria podrá ser administrada por una asociación civil sin fines de lucro y deberá tener un cuerpo de delegados.
Además, define que en dichas ferias podrán venderse manualidades, entendidas como "todo proceso mediante el cual se incorpora valor significativo a los productos creados o transformados por el permisionario, siendo el valor, la aplicación de un esfuerzo personal al bien que se comercializa".
En tanto, prohíbe "expresamente la actividad de reventa y la venta de artículos industrializados o a gran escala".



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