29 de agosto 2002 - 00:00

Luz verde del juez de Salta a los comicios

La publicación ayer del nuevo decreto de convocatoria a comicios internos abiertos, obligatorios y simultáneos el 15 de diciembre mereció en la Justicia respuestas para todos los gustos. Esa nueva norma dispone que en la selección de los candidatos de cada partido sólo podrán participar los afiliados de esa formación y los votantes independientes. Para eso se ordenó a la Justicia que prepare padrones que diferencien a unos y a otros para asegurar la transparencia de esa consulta.

La primera reacción formal fue del juez federal de Salta con competencia electoral, Abel Cornejo, quien resolvió en la tarde de ayer dejar sin efecto la medida cautelar.

La resolución judicial fue emitida esta tarde y dispone «dejar sin efecto la medida cautelar dictada el 23 de agosto pasado», que suspendía el cronograma electoral para los próximos comicios internos.

• Intercambio

En su nueva resolución, el juez indicó que del nuevo decreto 1578/02 surge de manera clara que el motivo que originó su anterior resolución, es decir el decreto 1397/02, emitido el 5 de agosto pasado, «ha desaparecido definitivamente».

En las conversaciones que cruzaron durante la jornada de ayer los jueces electorales de todo el país intercambiaron impresiones de una lectura preliminar de los decretos que no fueron tan auspiciosas. Los magistrados creen que se viene sobre sus juzgados una andanada de tareas que no tenían previsto para un plazo tan corto. Todas las sucesivas reformas al Código Electoral han sido una paulatina transferencia del proceso electoral del Poder Ejecutivo al Poder Judicial, una tendencia que nadie ha resistido; la creen conveniente todos los sectores.

En esta nueva reforma la acumulación de nuevas funciones y tareas la creen excesiva por los tiempos del cronograma electoral y por la carencia de medios técnicos y presupuestarios.

Los jueces miran con preocupación dos artículos. El 12 dice que
«Los jueces electorales podrán disponer la habilitación de más de un cuarto oscuro para las mesas electorales, cuando consideren que ello resulta necesario para facilitar a los sufragantes la ubicación de las boletas de la agrupación política en cuya elección decidan participar».

El art. 17 agrega que
«La Justicia Electoral Nacional intervendrá en todos los estadios del proceso conforme a la Ley Nº 25.611, la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, Nº 23.298 y sus modificatorias, y las disposiciones del Código Electoral Nacional y del presente decreto. Las actividades asignadas a las Juntas Electorales nacionales serán asumidas por los jueces electorales, salvo que las elecciones sean coincidentes con internas abiertas distritales».

Estas dos disposiciones creen los jueces los pueden convertir en el blanco de acusaciones y reproches de un proceso electoral que ven ya muy complicado por las peleas políticas que tiene como trasfondo. Se ven en el espejo de la Corte, arrinconada por las críticas en torno a temas sensibles como el «corralito» y lo último que querrían los magistrados con competencia electoral sería ser el blanco de cacerolazos ahora electorales.

• Dinero

Ya están enojados con el gobierno que los puso como la causa de los decretos y el veto a la Ley 25.611 de internas porque les atribuyó haber dicho que no tenían tiempo ni dinero para hacer padrones diferenciados. «Nunca dijimos eso, dijimos que el sistema era muy bueno pero que era muy caro, y el dinero nunca ha aparecido», sancionó ayer uno de los principales jueces federales con competencia electoral.

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