7 de agosto 2020 - 15:48

Recusan a Irurzun y Bruglia tras aliviar a Macri en la causa donde se investigan sus llamadas con la Mesa Judicial

Pese a haber convocado a una audiencia, resolvieron ayer una "queja" de Rodríguez Simón a espaldas del fiscal y la querella. Servini debió destruir el entrecruzamiento que había sido realizado por la Dajudeco. Piden que Casación revoque lo dispuesto y que se aparte a los camaristas por temor de parcialidad.

En 2018, la cámara de un celular captó el encuentro de Martín Irurzun y Pepín Rodríguez Simón, quienes compartieron un café en el bar Biblos, ubicado en Santa Fe y Libertad.

En 2018, la cámara de un celular captó el encuentro de Martín Irurzun y "Pepín" Rodríguez Simón, quienes compartieron un café en el bar Biblos, ubicado en Santa Fe y Libertad.

El Cohete a la Luna

Luego de que la Cámara Federal resolviera una “queja” de José Torello, Fabián “Pepín” Rodríguez Simón y el propio expresidente Mauricio Macri en la que acotó el período de análisis sobre sus llamadas telefónicas, la querella pidió el apartamiento de Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia. Los acusaron de haber cometido una “ilegalidad” en el proceso al apurarse a resolver ese planteo de los imputados cuando, solo un día antes, habían convocado a una audiencia para el 12 de este mes, por el mismo asunto: la nulidad que los exfuncionarios macristas pretendían sobre la medida de prueba sobre sus llamados, ordenada por la jueza María Servini.

En el caso del presidente de la Cámara, se le agregó como causal los posibles vínculos que podría tener con Rodríguez Simón, en relación a la foto de ambos que trascendió en plena operatividad de la denominada Mesa Judicial que había montado el gobierno de Macri.

A cargo de Carlos Beraldi, en representación del denunciante, el accionista del Grupo Indalo Fabián De Sousa, también se dedujo un recurso de Casación para dejar sin efecto lo que ayer resolvió la Sala II. Allí solicitaron que se revoque el fallo y que no se limite a Servini en el pedido de informes de llamados entrantes y salientes, contactos frecuentes e impacto de antenas que había ordenado el 6 de julio.

Pese a que la Cámara no le negó a la jueza la chance de hacer el entrecruzamiento y esa pericia avanzará, dispuso que se limite temporalmente el análisis, y se aseguró de mencionar que otras pruebas que puedan hallar deben ser eliminadas si no están relacionadas al objeto de la causa, que se apoya en la persecución del Grupo Indalo y la petrolera Oil Combustibles con el objetivo de apoderarse de los activos. Beraldi solicitó a Casación que no se limite el estudio, y que vuelva la manda original de Servini.

A su vez, en una serie de escritos simultáneos, le hicieron saber a la jueza que la medida estaba apelada y que se exigió que su remisión a Casación no pase por el visto bueno de Irurzun y Bruglia, por estar recusados. Parte de eso llegó tarde: Servini debió pedirle a la Dajudeco que le envíe sus hallazgos con el objetivo de destruirlos. ¿Hubo algún dato surgido de ese análisis que obligó a apurar la decisión de restringir la pericia antes de la semana que viene? Forma parte de las especulaciones, por ahora.

La recusación implica que cesen en su intervención absoluta en esta causa por asociación ilícita contra Macri. Y que se suspenda la audiencia fijada para el 12, algo que no tendría sentido ahora.

En esta causa, el fiscal Guillermo Marijuan había pedido la indagatoria del extitular de AFIP Alberto Abad. La participación de Rodríguez Simón, en representación de la Mesa Judicial, parece haber sido protagónica, según estimó la querella. Ante esto, los acusados intentaron llegar a la Cámara por dos vías: pidiendo la nulidad de lo dispuesto por Servini y además “apelando” su decisión, algo que no debiera haber prosperado precisamente porque no es posible cuestionar o elegir qué pruebas se solicitan para investigar un delito. A lo sumo, se cuestiona por nulidad su admisibilidad en el plano judicial. Inexplicablemente, Irurzun y Bruglia tomaron la apelación y pese a haber ellos mismos convocado a una audiencia para que las partes expusieran, le dieron lugar, y fallaron sobre el fondo de la cuestión, lo que volvía abstracto el planteo para la semana que viene.

Con esa jugada, y según Beraldi, transgredieron el artículo 478 del Código Procesal Penal, corriendo no solo a las querellas, sino también a Marijuan de la chance de argumentar en el caso. Tampoco notificaron a nadie de lo resuelto. La querella calificó de “arbitrariedad e ilegalidad” al violentar el procedimiento, excluyendo a las partes y “prejuzgando”. “Inclinaron la balanza a favor de Macri”, indicó el escrito, además de a sus eventuales “cómplices, partícipes y encubridores”. Por eso, los jueces habrían quedado alcanzados por el artículo 55 del CPPN por prejuzgamiento.

Respecto de Irurzun, se argumentó que podría tener interés en el resultado de la investigación, tras la reunión –nunca clarificada– fuera de tribunales con Rodríguez Simón tomando un café. Sobre todo por el rol atribuido a “Pepín” como uno de los operadores judiciales durante el macrismo. Beraldi dejó otro interrogante: ¿podría alguna de las comunicaciones de Rodríguez Simón involucrarlo al propio Iruzun y por eso restringió la pericia? Todo esto, argumentaron, apuntala el temor de parcialidad en este caso. Casación puede llegar a ser una instancia intermedia a la Corte por una causa que generó el inmediato rechazo de Macri y su entorno más cercano.

Recusación a Irurzun y Bruglia 7 de agosto

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