4 de junio 2012 - 12:51

Ordenan a la Ciudad reglamentar ley de reparación histórica

El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteño Juan Vicente Cataldo calificó como "ilegítima, pues no ha dado cumplimiento con una obligación legal" a la "inacción o negligencia administrativa" del Gobierno porteño al no reglamentar la ley de asistencia a víctimas del terrorismo de Estado.

Fuentes judiciales indicaron, que el magistrado ordenó a la administración porteña que reglamente la ley 2.939, sancionada el 27 de noviembre de 2008 y promulgada el 9 de enero de 2009, que "regula la asistencia y contención de los querellantes y testigos víctimas del terrorismo de Estado en las causas judiciales o investigaciones relativas a los delitos resultantes de la comisión de crímenes de lesa humanidad, como así también a su grupo familiar".

El reclamo había sido formulado por la Agrupación H.I.J.O.S., con el patrocinio del Observatorio de Derechos Humanos de la Ciudad de Buenos Aires (ODH) que responsabiliza al gobierno de Mauricio Macri por el incumplimiento de la reglamentación de la norma.

La ley establece que "la autoridad de aplicación debe garantizar a los sujetos establecidos en el artículo primero de acuerdo a las especificaciones que establezca la reglamentación el acompañamiento y contención durante las audiencias del juicio o en aquellas instancias relacionadas con él y su correspondiente traslado".

También se debe brindar "asistencia psicológica especializada en situaciones de urgencia que tengan lugar durante las audiencias ... la derivación a los distintos efectores de salud que cuenten con atención especializada, para aquellos casos que requieran atención psicológica anterior o posterior, derivadas del testimonio".

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