El fiscal electoral Jorge Di Lello aseguró ayer que la posibilidad de que los precandidatos del justicialismo puedan presentarse en las elecciones generales del 27 de abril no contradice la ley siempre y cuando cada uno de los postulantes compita a través de «partidos reconocidos y con estructuras formales jurídicas» a nivel nacional. Lo que no aclara el fiscal es que de esta forma el justicialismo, como tal, se autoproscribiría, se abstendría de llevar un candidato propio. «La ley de lemas no está contemplada en la Constitución, pero el derecho siempre da caminos alternativos que son interpretables, y si cinco partidos reconocidos con estructuras formales jurídicas de partidos políticos llevan candidatos justicialistas, eso es posible», explicó Di Lello en una didáctica clase radial.
•Alternativa
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En este sentido, aclaró que la aplicación de esa alternativa, conocida con el nombre de neolemas, «en la práctica sería una cuasi ley de lemas, pero jurídicamente no», dado que los ciudadanos elegirían a un candidato a través de un partido político determinado. Pero no el PJ, para el caso de los candidatos peronistas, al no haber mecanismo de convalidación de esas candidaturas (cancelando internas). Una alternativa es que esto lo resuelva el congreso del PJ, una empresa que sería políticamente difícil de lograr. Eduardo Duhalde ha dicho que equivaldría a «fracturar» el peronismo.
Por otro lado, Di Lello destacó que si el Congreso Nacional del PJ con número suficiente de delegados resolviera que las internas partidarias para definir la candidatura presidencial no se hagan, sería «una decisión ajustada a derecho a la que -agregó-, nadie puede oponerse desde el ámbito judicial».
Para fundamentar la posibilidad de que compitan simultáneamente todos los precandidatos del PJ en la elección presidencial, puso como ejemplo la Ciudad de Buenos Aires donde, sostuvo, «hay 150 partidos reconocidos». Ocurrió en 1987 cuando Antonio Cafiero apeló a un sello de goma reconocido como era el partido Renovador bonaerense -con él armó el Frente Renovador-, y se presentó por fuera del PJ que estaba en manos de Herminio Iglesias, ganando la gobernación de Buenos Aires.
Sin embargo, Di Lello dejó en claro que, para competir a nivel nacional, el partido a través del cual se presente cada uno de los postulantes «debe ser reconocido por una cierta cantidad de distritos» (no menos de 5 para ser considerado nacional), tal como lo establece la Ley Orgánica de los partidos políticos. Un ejemplo de esto puede considerarse al partido fundado por el actual intendente de Escobar, Luis Patti; cuando obtuvo el reconocimiento en más de 5 provincias con el nombre de Unidad Federalista (PaUFe), quedó habilitado para nominar su propio candidato a presidente.
Di Lello fue el fiscal que el miércoles emitió un dictamen que hizo suyo en una resolución el juez federal Norberto Oyarbide, quien dispuso que el PJ debe realizar su elección interna a más tardar en la segunda quincena de febrero próximo, salvo que el congreso nacional partidario modificara la decisión de realizar esos comicios internos.
Di Lello explicó que, para tomar esta resolución, realizó «un cálculo matemático» ya que los plazos del Código Nacional Electoral «obliga a tener inscriptas las fórmulas, a más tardar, el 8 de marzo», es decir 50 días antes del domingo en que se vota. «Si se resta para atrás teniendo en cuenta los plazos del escrutinio, de impugnación del mismo y de recurrencia a la Justicia en caso de disidencia en los resultados como sucede en el radicalismo, no hay otra posibilidad que hacerlas en la segunda quincena de febrero», insistió.
•Hipótesis
Ante la hipotética posibilidad de que el Congreso partidario defina que vayan todos los candidatos a los comicios generales y que el Consejo Nacional del PJ objete esa decisión y, para eso, recurra a la Justicia, Di Lello no adelantó su postura pero se permitió hacer una hipótesis desde el «absurdo». «Si el congreso con quórum legal decide eliminar la interna y poner como candidato a un norteamericano no nacionalizado, estaríamos ante una cuestión de orden público que, a pesar de ser la voluntad soberana, chocaría con la Constitución; pero podría haber otras alternativas que podrían ser también contradictorias con los intereses de otros sectores, pero en ese caso válidas», graficó con elocuencia.
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