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La situación no cambió con los sucesivos presidentes, salvo por el hecho de que Turismo dejó de ser un ministerio, y que López del Punta quedó a cargo del transporte aéreo pero sin estructura.
Humberto Fernández, director de la unidad de transporte aerocomercial de la Secretaría de Turismo, firmó acuerdos de mayores frecuencias con Alemania, Chile y, finalmente, con Perú, pero recién en este último caso hubo una fuerte reacción en contra.
El acuerdo con Perú que, según se afirma, la Cancillería pidió que no se reviera, incluye siete frecuencias semanales para cada uno de los países a partir de la firma del acuerdo, 21 frecuencias semanales desde el 1 de diciembre de 2002, y 28 desde el 1 de julio de 2003, incluyendo en este caso lo que se denomina «quinta libertad» que permite tomar pasajeros de un país para trasladarlos a un tercero (en el caso, tomar pasajeros en Buenos Aires para llevarlos a Los Angeles, vía Lima).
El acuerdo también incluye a partir de diciembre de 2003 «un régimen de liberalización total de los servicios aéreos en cuanto a frecuencias, capacidad y derechos de tráfico, pudiendo ejercerse las quinta y sexta libertades libremente sin ninguna limitación geográfica».
Aparentemente, Fernández se escudó en cierto interés de SW para contar con una o dos frecuencias semanales a Lima para impulsar el acuerdo. Pero fuentes de esa empresa afirmaron que fueron convocadas para participar del encuentro, y que dieron cierto apoyo a la posición oficial, porque les interesa tener a Lima entre sus destinos regionales. No obstante, reconocieron que el acuerdo superaba lo esperado por la compañía.
• Desequilibrio
Por su parte, Aerolíneas expresó en la nota a Atanasof que «actualmente hay dos operadores (uno argentino y otro peruano) que se distribuyen 50% del mercado», por lo cual «de ratificarse el acuerdo habrá tres empresas de la parte peruana y una de la parte argentina» (salvo la presunta incorporación de SW de lo que no habla Aerolíneas).
Según la empresa controlada por el grupo español Marsans, «se posibilitaría el ingreso de operadores extranjeros que están totalmente decididos a volar la ruta cuando no hay evidencias ni indicios de un posible incremento de la demanda».
Aerolíneas también indicó que el acuerdo con Perú «violó lo establecido en la Ley 19.030, que en su artículo 9º, fija como condición para considerar un aumento de frecuencias 55% de coeficiente de ocupación en los últimos 12 meses, cuando lo real al momento es un valor que no supera 45%».
Asimismo, Aerolíneas sostuvo que «por desconocer si existió directiva expresa de autoridad superior que derivara en la violación de la ley, la empresa infiere que los funcionarios se habrían excedido en sus atribuciones» y «se reserva los derechos que le asisten en el caso».




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