5 de enero 2007 - 00:00

Un ejército con el honor a la carta

Roberto Bendini
Roberto Bendini
El general retirado Miguel Giuliano, uno de los oradores del homenaje público que se realizó el año pasado en la plaza San Martín a los uniformados y civiles asesinados por la guerrilla en los años setenta, fue condenado por un polémico Tribunal de Honor del Ejército. La sanción -«falta grave al honor militar»- se conoció un día después de la Navidad.

El pronunciamiento tiene -según los defensores de Giuliano- irregularidades que dan por tierra con la imparcialidad del fallo.

Los miembros originales del Tribunal de Honor habían absuelto a Giuliano, y fueron reemplazados luego de ese veredicto por generales designados por Roberto Bendini, jefe del Ejército. Este nuevo tribunal hizo caso omiso de la sentencia absolutoria y procesó nuevamente a Giuliano con el resultado de la condena. El 5 de julio de 2006 los miembros originales del Tribunal de Honor habían resuelto: «absolución sin más trámite a la conducta juzgada del general de brigada retirado Juan Miguel Giuliano, quedando a salvo su buen nombre y honor». Basaron su decisión en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (tratado con jerarquía constitucional): «toda persona tiene derecho a la libertad... de opinión y de expresión y difusión del pensamiento por cualquier medio». Y agregaban que «el Tribunal Superior de Honor sostiene que todos tienen derecho a honrar a sus muertos según sus sentimientos o ideologías». Los jueces militares actuaron de oficio tras el escándalo político que estalló por la presencia de oficiales en actividad y de uniforme en la conmemoración a los muertos por la subversión. El homenaje fue el primero de una serie que organizaron Cecilia Pando, esposa del mayor retirado Pedro Mercado, segregado del Ejército por las críticas de su mujer al Presidente; Ana Lucioni y Juan Sacheri, hijos de militares asesinados por la guerrilla, más la Unión de Promociones, una ONG que agrupa a oficialesretirados de las tres fuerzas.

Ante una concurrencia de alrededor de 3 mil personas, aquel 24 de mayo el general Giuliano sostuvo que desde el regreso de la democracia «las víctimas del terrorismo han sido las grandes olvidadas». Y, sin dar nombres, criticó al gobierno por tener memoria «subjetiva y hemipléjica» y de usar a los derechos humanos «con fines de revancha y cálculo político». La voz oficial dijo que el acto fue una reivindicación del terrorismo de Estado, mientras que los organizadores plantearon que el eje de la movilización en la plaza San Martín era sólo recordar a los que fueron asesinados por terroristas de Montoneros, ERP y demás grupos subversivos. Luego de la absolución, mensaje que ponía en situación incómoda a Bendini ante el gobierno Kirchner, se decidió integrar un nuevo tribunal con los generales Horacio Canestro, Julio Terán, Gustavo Ezcurra, Francisco Salas y Carlos Alvarado, que condenó a Giuliano.

Una de las frases más citadas sobre la laxitud moral se le atribuye el actor Groucho Marx: «Estos son mis principios. Si no le gustan tengo otros». Bendini parece entender que la moral y el honor son materia elástica acomodable a las necesidades de cada hora. Un daño al Ejército, que como todas las instituciones armadas del mundo asientan también en el «honor» la doctrina que las justifica.

Interesaba a Bendini torcer la decisión del primer tribunal y lograr una condena porque es un antecedente negativo que se agregará al sumario militar que aún pesa sobre Giuliano. El sumario es determinante para la futura situación del militar, que podría terminar con la privación de grado, título y uniforme. La defensa del general retirado cuestionó la resolución por inconstitucional atento a que ya había «cosa juzgada» y que el propio Reglamento de los Tribunales de Honor para las Fuerzas Armadas establece que no procede revisar un pronunciamiento de absolución. También se objetó la validez de la reapertura de las actuaciones que se hizo por una disposición administrativa firmada por el jefe del Ejército el 27 de octubre de 2006. En su objeción la defensa dice que Bendini no tiene facultad constitucional ni legal para reabrir un proceso que ya había llegado a término con la absolución del imputado.

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