Usan argumentos de Cristina, Bielsa y Vilma contra Ibarra
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Vilma Ibarra
El caso de Enríquez es aparte. Ibarra lo compromete en cuanto a que no se transcribió en el informe final una declaración donde se lo menciona como parte del gobierno de Fernando de la Rúa, cuando Enríquez era subsecretario de la gestión y se habilitó el local Cromañón, por entonces El Reventón. Con esa espada en su contra, los legisladores del macrismo bucearon durante el fin de semana en las versiones taquigráficas del Senado del juicio político contra el miembro de la Corte Antonio Boggiano, quien también recusó a 34 de los 72 miembros de la Cámara. Ese número, los macristas, lo consideran proporcional a la recusación de 6 de los 13 miembros de la comisión porteña.
• Discursos
Esa taquigrafía importó más a los legisladores porteños por los derechos de autor que por su propio contenido. Es que allí las senadoras Fernández de Kirchner y Vilma Ibarra argumentan en contra de toda objeción. Los macristas citarán a Fernández de Kirchner, cuando en una encendida defensa contra los discursos más técnicos, argumentó en contra de las recusaciones que planteara Boggiano y también en la misma sintonía, los legisladores señalaban la alocución de Vilma Ibarra. Algunos de los textos que utilizarán expresan:
C.F. de Kirchner: «En consecuencia, la metodología propuesta es la de considerar en primer término el planteo de recusación de 34 señores senadores, sobre la que -adelantó- la Presidencia de la Comisión de Asuntos Constitucionales va a proponersu rechazo in limine».
• «La doctrina pacífica de este cuerpo ha sido, precisamente, un criterio absolutamente restrictivo en materia de admisibilidad de recusaciones y excusaciones, por una razón muy sencilla: somos un tribunal de enjuiciamiento con mandato constitucional para serlo, que no tiene suplentes y que no tiene miembros ad hoc. En definitiva, si los señores senadores y senadoras que ocupan sus bancas se recusasen y se excusasen en su totalidad, desaparecería, por ejemplo, la institución de juicio político de la Constitución, porque no hay jueces para suplantarlos».
• «Pero aquí, en el caso puntual que estamos tratando hoy de la defensa del ministro Boggiano, en realidad, no nos encontramos ante una recusación. ¿Por qué digo esto? Porque una recusación siempre es sobre uno, dos, tres o cuatro miembros, pero aquí se está recusando a 34 miembros de este cuerpo sobre un total de 72. Está claro que no han recusado a 37, porque si no, simplemente, no podríamos sesionar por falta de quórum. Entonces, no estamos-ante el instituto de la recusación, sino que me parece que estamos ante una novedosa institución a la que yo llamaría de intento de desintegración del tribunal de enjuiciamiento -en este caso, el Senado de la Nación-, tal cual lo marca la Constitución.» · «La Comisión de Asuntos Constitucionales sostiene que debe rechazarse in limine el planteo. No se está ante una recusación, sino ante un intento de desintegrar el rol que la Constitución le asigna al cuerpo y que es el de enjuiciar a aquellos funcionarios que la Cámara de Diputados acusa en su rol de Cámara acusadora.»
Vilma Ibarra: «... No existe en nuestro ordenamiento jurídico -y mucho menos en un tribunal colegiado de juicio político-el concepto de ser contaminados o recusados para un acto procesal y no para el resto. Esta es una innovación que no se corresponde con nuestro ordenamiento jurídico, motivo por el cual, sin duda, me parece un desatino. Por eso, creo que es correcto que pasemos directamente a tratar el tema de las recusaciones».
• «Acá no se trata de un problema de garantías del hombre o de los derechos del Estado. Estamos en un tribunal político, colegiado, constitucionalmente conformado y la Constitución no pasa por los derechos del hombre sino que, lejos de ello, los reconoce; precisamente, por eso esto también es un tema institucional, motivo por el cual si es la institución la que está en juego tendrían que efectivamente haber recusado a todo el Tribunal de Juicio Político, con lo cual se llegaría a la desintegración completa, no ya de este tribunal en este juicio, sino que se negaría la instancia misma del juicio político y, por lo tanto, estaríamos negando nuestra propia Constitución. Bastaría sólo el argumento de recusar a las mayorías de un cuerpo colegiado con capacidad de llevar adelante un juicio político para acabar definitivamente con una institución que está claramente reconocida en nuestra Constitución Nacional.»




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