28 de diciembre 2005 - 00:00

Desestiman queja de comunas

De esta manera se desestimó la pretensión cautelar pedida por los intendentes Hugo Panessi, de Villa La Angostura, y Jorge Carro, de San Martín de los Andes. Los jefes comunales pedían la inconstitucionalidad del artículo 7º de la Ley 2.495 de Impuesto Inmobiliario - Régimen de Valuación Fiscal, en el que se establece que si al 30 de noviembre de 2005 no hubiera acuerdo sobre la coparticipación, el Poder Ejecutivo provincial puede deducir mensualmente los montos coparticipables.Ambos municipios pidieron el traspaso en la recaudación del Impuesto Inmobiliario, mientras que el resto de las comunas de la provincia adhirieron al régimen de revalúo impulsado por el gobierno provincial.

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