18 de octubre 2005 - 00:00
Fijan fecha en Tucumán
-
Con Nicolás Secco como nombre propio, arranca la carrera por la sucesión en Ensenada
-
Weretilneck presentó un proyecto para eximir al turismo extranjero del pago de IIBB en Río Negro
En un fallo dividido (tres votos a favor de la decisión finalmente dispuesta y dos en contra), la Corte Suprema hizo lugar al pedido de declaración de inconstitucionalidad y de nulidad que habían formulado los dirigentes peronistas Víctor Arias y Carlos Posse.
El alto tribunal cuestionó que la Legislatura, tras haber derogado la ley de lemas, haya establecido el sistema de internas abiertas obligatorias y simultáneas para todos los cargos y que, no obstante, haya prohibido que los candidatos a convencionales fueran elegidos mediante ese mecanismo.
Como consecuencia del fallo de la Corte, la Legislatura, a mediados de setiembre, se vio obligada a sancionar una nueva ley mediante la cual estableció que los candidatos a convencionales también debían ser seleccionados mediante internas abiertas. Hasta la sentencia del alto tribunal, los partidos no estaban obligados a celebrar internas para definir sus candidatos, sino que podían hacerlo según el mecanismo que previera sus cartas orgánicas (generalmente establecen que las convenciones u órganos similares tienen la última palabra).



