15 de noviembre 2005 - 00:00
Se castiga ya en tres distritos por fumar
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A partir de la reglamentación, el Instituto de Seguridad de la Provincia decidió cubrir los tratamientos de sus afiliados para dejar de fumar.
Menores
La semana pasada, el gobernador de Santa Fe, Jorge Obeid, firmó el decreto reglamentario de la Ley Antitabaco, que establece la prohibición de fumar en lugares de uso público y la venta de cigarrillos a menores de edad.
Quienes no cumplan con esa normativa serán multados de 500 a 5.000 pesos y los montos ascenderán al doble si hay niños en los sitios con humo.
La normativa también establece que no se podrá fumar en bares y restoranes, estadios cerrados, ciber y salas de juego, colectivos de corta, media y larga distancia, remises y taxis, bancos, comercios y oficinas de atención al público, sean oficiales o privadas.
Pasados 120 días de la publicación de la norma tampoco se podrá realizar publicidad de tabaco en la vía pública mediante afiches o carteles, en los medios de comunicación o auspiciar eventos deportivos.
El ministro de Salud de Santa Fe, Juan Héctor Silvestre Begnis, manifestó que «esta ley no puede ser aplicada de un día para otro» y aseguró que «el objetivo es cambiar una cultura de consumo que va a llevar mucho tiempo».
Con la ley ya en vigencia, los legisladores santafesinos deberán discutir el proyecto complementario que fija el monto de las sanciones. Según la iniciativa elaborada en el Ministerio de Salud provincial, las multas irán de los 500 a los 5.000 pesos, en caso de que el infractor sea reincidente.
Estos montos no afectarán a los fumadores, sino a los titulares de las oficinas o comercios donde se permita prender un cigarrillo. Las sanciones mínimas se elevarán al doble si en el sitio donde se detecta la infracción se encuentran menores.




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