Podrán hacerlo hasta el viernes 22 de agosto de 2003 en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA). Se realiza en forma anual y obligatoria, según informó el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA). Son de las provincias de Río Negro, Neuquén y la localidad pampeana de 25 de Mayo Para cumplimentar con dicha inscripción, la totalidad de los productores frutícolas y hortícolas de la regiones mencionadas deberán concurrir a la sedes de las respectivas Cámaras, con la siguiente documentación: cuaderno de Campo y el número de RENSPA anterior; Boleta de Rentas para certificar designación catastral, consignando todos los catastros de cada propiedad; contrato de locación u otra forma de tenencia de la tierra; Número de DNI y CUIT o CUIL del productor y plano de la chacra donde figuren todos los cuadros (plantados, sembrados o en blanco) con las especies y las variedades de frutales y hortalizas.
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Además, en la inscripción de los montes frutales se deberá consignar:Cantidad de plantas; marco de plantación; edad de plantación y portainjerto (pie).
Cabe recordar que, por la Resolución 294/03 del Senasa, el RENSPA tiene carácter de obligatorio y gratuito y su finalidad es realizar un relevamiento anual de la cantidad de productores, zonas productivas y variedad de cultivos de nuestro país.
La inscripción en el RENSPA permite a los productores regionales comercializar sus frutas y/u hortalizas con la garantía de sanidad y calidad certificada por el SENASA.
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