La Rural presentó propuesta lechera
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a) Leche de referencia: la leche de referencia tiene como fin ser la medida patrón. La liquidación única y estos valores de referencia son necesarios a efectos de permitir la comparabilidad entre distintas industrias. Como se ha acordado en documentos anteriores, los parámetros fisco-químicos y de calidad deberán ser revisados cada seis meses a efectos de evaluar la conveniencia o no de modificar alguno de ellos. Se debe avanzar a partir de lo acordado en la ciudad San Francisco en julio de 2002;
b) Liquidación tipo y única: con el objetivo de unificar criterios, otorgar transparencia, sencillez y comparabilidad en la forma de pago al productor, se busca lograr una liquidación tipo y única. El formato acordado deberá ser adoptado en forma obligatoria por todas las industrias del país y deberá permitirle al productor:
Con el fin de garantizar un sistema confiable y transparente, la implementación del SIGALeC deberá tener en cuenta, entre otras, las siguientes consideraciones:
- Es necesario establecer instrumentos jurídicos nacionales y las reglamentaciones correspondientes en los distintos ámbitos a efectos de garantizar el funcionamiento el sistema.
- Se debe asegurar la libre oferta de servicios de los laboratorios habilitados que forman parte de la red.
- Todos los tambos e industrias del país deben estar dentro del sistema.
- Los análisis necesarios para determinar calidad de leche deben ser realizados por laboratorios independientes, y su elección será opción del remitente.
- Los laboratorios que conforman la red deben desarrollar un sistema de calidad según normas avaladas internacionalmente.
«Consideramos que se debe hacer un fuerte hincapié en la auditoría técnica de mantenimiento y control operativo», concluyó la Sociedad Rural Argentina.


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