Los cambios que Domingo Cavallo introdujo en el Impuesto a las Ganancias afectarán a las personas y empresas recién cuando deban presentar sus declaraciones juradas en el mes de abril del próximo año, pero al igual que las modificaciones en el IVA entrarán en vigencia efectiva desde hoy. Esto se debe a que los anticipos de Ganancias que comienzan a pagarse desde junio se calculan sobre lo declarado en la última presentación del impuesto, en abril o mayo de este año.
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Si bien no son tan espectacu-lares como el haber gravado con IVA las entradas de cine, fútbol, los alquileres o la tapa de los diarios -se dejó afuera al teatro y el lunes pasado Economía ratificó que no se gravarán las cuotas de la medicina prepaga-para algunos fondos de inversión y holdings los cambios serán notables.
El más notable es el que grava la compraventa, cambio, permuta o disposición de acciones, títulos y bonos cuando la operación sea realizada por personas físicas, es decir no empresas, y que sea en base a acciones o valores de empresas que no coticen en cualquier Bolsa de Comercio del país. Para este caso se prevé la aplicación de la tasa máxima de Ganancias, aunque, tal como sucede en los sistemas tributarios de países centrales como los Estados Unidos, existe la posibilidad de tributar una tasa menor, de sólo 15%, si la inversión se mantiene por más de 12 meses. Esta medida afectará así el traspaso de acciones que se dan, por ejemplo, cuando un grupo compra o toma el control de otra empresa que no se encuentra en ningún panel de cotización, que en general son las operaciones más corrientes. Pero se duda que el decreto sirva como un incentivo para que las empresas intenten cotizar en Bolsas debido al alto costo que eso significa, en documentación, información y asesoramiento legal, sobre todo si se habla de una PyME.
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