28 de agosto 2003 - 00:00

Aprobaron ley acorde al Fondo

La semana próxima llegará al país una nueva misión del Fondo Monetario. Será el último intento para que se firme un acuerdo con la Argentina antes del 9 de setiembre, cuando el país debe hacer frente a un pago al organismo por u$s 2.900 millones. Ayer en el Congreso se dio un avance importante: se convirtieron en ley, las acciones previas o «prior actions» que el FMI exigía, necesarias para la firma de un nuevo entendimiento. Diputados aprobó la reforma de la carta Orgánica del BCRA y de la Ley de Entidades Financieras. Lo más importante es que el Tesoro ahora podrá recibir el doble de financiamiento desde el Banco Central -con emisión, obviamente- algo que Roberto Lavagna requería para el caso de tener que pagar con reservas parte de esos u$s 2.900 millones. Además, se dieron más poderes para llevar a cabo la reestructuración del sistema financiero y protección legal a los directores del BCRA. No pudo ser completa la satisfacción para el gobierno: pese a las gestiones del diputado Frigeri, no se aprobó la compensación a bancos por hasta $ 2.800 millones. Tampoco hubo acuerdo por la fecha de eliminación del CER ni sobre el paquete antievasión. Ahora, Roberto Lavagna deberá dirimir un dilema fiscal: acordar un superávit primario con el FMI de 4% del PBI para 2005 o, si es de sólo 3%, convalidar que ese año no podrá hacer frente a los pagos de BODEN y préstamos garantizados.

Roberto Lavagna dispone desde anoche de $ 5.000 millones más en adelantos del Banco Central al Tesoro para afrontar el vencimiento del 9 setiembre con el FMI. La Cámara de Diputados convirtió en ley la modificación a la carta orgánica del Banco Central y a la Ley de Entidades Financieras, por la que se duplican los préstamos al Tesoro, se otorga protección legal al directorio del BCRA en las decisiones que tomen durante la reestructuración de bancos y mayores facultades a los funcionarios que acompañan a Alfonso Prat-Gay para llevar la transferencia, fusión o liquidación de entidades financieras.

Varias horas le tomó ayer al bloque justicialista terminar de pulir las diferencias que se mantenían en torno a los cambios en la carta orgánica del Central y el proyecto que establece la compensación a bancos y eliminación a futuro del CVS. Así, Eduardo Camaño arrancó la sesión con más de tres horas de demora y en medio de la confusión, ya que los diputados se mezclaban en la entrada del recinto con los oficiales electorales que desde ayer realizan el escrutinio definitivo de la elecciones porteñas en el Salón de Pasos Perdidos.

La crítica del radicalismo, que colaboró con el quórum pero mantiene disidencias en torno al proyecto, se centró en la protección legal a los directores del Central, el aumento de asistencia al Tesoro y en errores técnicos de redacción. Incluso, hicieron alusión a un curioso «olvido» en el proyecto. Un inciso dentro del capítulo que otorga mayores facultades al Central para la normalización de bancos desapareció en el camino entre el Ministerio de Economía y el Senado. Ahora se sancionaría una ley correctiva aparte, ya que, de haberlo hecho en la sesión de anoche, el proyecto hubiera vuelto al Senado en revisión. Así, la nueva ley establece:

• Adelantos al Tesoro

• El Central podrá hacer adelantos transitorios al gobierno nacional por un monto equivalente a 12% de la base monetaria, que el gobierno puede destinar a financiar cualquier tipo de gasto. Esos adelantos se pueden ampliar por un monto similar a 10% de la recaudación que el gobierno haya obtenido en los últimos doce meses, pero sólo para aplicar al pago de deuda con organismos multilaterales de crédito.

• Todos los adelantos deberán ser reembolsados al Central dentro de los doce meses de otorgados.

Mayores facultades

• Se otorgan mayores facultades al Banco Central para llevar adelante los procesos de exclusión de activos y pasivos de las entidades financieras en proceso de venta, fusión o liquidación, con mayor margen de maniobra para efectuar las valuaciones de éstos.

• Podrá autorizar y encomendar la transferencia de los activos y pasivos excluidos a favor de otras entidades financieras o transferir activos en propiedad fiduciaria a fideicomisos financieros.

• El Banco Central deberá, en los procesos de suspensión de entidades, solicitar al juez la intervención judicial de la entidad, desplazando de las autoridades de sus cargos.

• La intervención judicial será inmediata y se designará a cargo de la entidad a quien nombre el Central.

• Otra de las medidas tendientes a proteger el patrimonio de los depositantes y la posibilidad de cobro de sus ahorros a través de otros bienes de la entidad liquidada prohíbe que se inicien o continúen actos de ejecución sobre esos activos excluidos por parte de otros acreedores, salvo que se trate de un crédito hipotecario, prendario o derivado de una relación laboral.

• Las resoluciones que tome el Banco Central con relación a la transferencia de estos activos y pasivos o las que completen reestructuración de una entidad financiera no necesitarán de autorización judicial.

Protección legal

• «La oportunidad, mérito y conveniencia» de las decisiones que tome el BCRA o la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias sólo serán revisables en sede judicial y cuando hubiere mediado arbitrariedad o irrazonabilidad manifiestas en la toma de esas resoluciones. De esta manera, la redacción final de la ley estableció un sistema de protección a los funcionarios del Central para evitar que sean objeto de acusaciones en los casos de reestructuración de entidades financieras por las decisiones que hubieran tomado. Pero no significa inmunidad penal, como originariamente había solicitado el FMI.

Cobro de créditos

• Se modificó la escala de privilegios de cobro por parte de los acreedores en los casos de entidades en proceso de liquidación:

• Salvo los créditos con privilegio especial de prenda e hipoteca y los acreedores laborales, tendrán prioridad de cobro los depósitos de las personas físicas o jurídicas hasta $ 50.000, contando una sola persona por depósito y se tomará el total de los depósitos que una persona tenga en la misma entidad financiera.

• Luego los depósitos constituidos por importes mayores, por las sumas que excedan los $ 50.000.

• En tercer lugar, los pasivos originados en líneas comerciales otorgadas a la entidad que afecten directamente al comercio internacional.

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