Avanza ley para sancionar a los comercios en precios
En Diputados se aprobó ayer un riesgoso proyecto de ley que permite al secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, aplicar fuertes multas a comercios. Bajo la figura de la defensa del consumidor, el negociador de los acuerdos de precios con empresas tendrá -tras aprobarse en el Senado- una herramienta adicional de poder que obviamente hará jugar. Que pueda disponer por sí multas de hasta $ 5 millones y actuar de oficio, sin que ninguna parte lo solicite, es una atribución desmedida para el funcionario. Más si los conceptos para poder aplicar multas son imprecisos y habilitan la entrada de otros intereses. No es el primer proyecto con estas características. Ya en el Congreso se trató el de Defensa de la Competencia. En este caso, las sanciones que se aplicarán a un monopolio, a instancias de la diputada Patricia Vaca Narvaja, dependerán si afecta o no al consumidor. Así puede validarse por esa rendija la manipulación de mercados.
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Guillermo Moreno
El perjuicio es más palpable en el caso de las empresas de gas y electricidad que tienen regulaciones aprobadas por ley nacional. Según las empresas, «se está produciendo de hecho un cambio en las reglas de juego, de modo que antes de que se terminen de renegociar los contratos, ya se aprueban modificaciones, aplicando una normativa más dura para las empresas». Y que se «otorgan competencias que son de organismos regulatorios a otras dependencias del Estado».
Entre otros de los cambios que incluye la nueva norma se destaca que ahora se considerará consumidor a toda persona que adquiere o utiliza un bien o servicio como destinatario final (no sólo a quien lo contrata, sino también a quien lo usa). Además, las prácticas abusivas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias,además de las sanciones ya previstas por la ley original y resarcimientos al comprador, podrán ser pasibles de multa civil.
A partir de la sanción de la ley, Moreno tendrá la facultad de elaborar políticas tendientes a la defensa del consumidor, dar curso a denuncias de usuarios, disponer inspecciones y peritajes vinculados a la aplicación de la ley, disponer de oficio audiencias entre presuntos damnificados e infractores. «Tendrá las más amplias atribuciones para disponer medidas técnicas, admitir, ordenar y producir pruebas, y dictar medidas de no innovar», según el texto de la norma.



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