La cantidad de personal doméstico registrado llegó a las 150.000 personas, según el dato difundido ayer por el gobierno nacional, como resultado del programa de regularización de empleados de este sector lanzado en enero de este año. Hasta ese mes, según los datos del Ministerio de Economía, había sólo 50 mil trabajadores domésticos en blanco.
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Dentro del rubro trabajadores domésticos se encuentran quienes realizan actividades de mucamas, niñeras, cocineras, jardineros, caseros, amas de llaves, damas de compañía, mayordomos, institutrices, nurses o gobernantas, siempre y cuando trabajen para un mismo dador de trabajo como mínimo 6 horas semanales.
Por un importe mensual de 59,44 pesos, entre aportes y contribuciones, el trabajador doméstico puede elegir entre más de 200 obras sociales y también accede a un futuro beneficio previsional. Se asegura también su cobertura médica desde el mismo día que hace el primer pago a la seguridad social, accediendo así a los servicios incluidos en el Programa Médico Obligatorio.
Cotizaciones
El régimen contempla, además, una tabla de cotizaciones en donde figuran los montos que se deben pagar, según la cantidad de horas semanales trabajadas por el personal de servicio doméstico. Si una persona trabaja en varias casas puede sumar los montos de los aportes y contribuciones de cada lugar y así alcanzar los 59,44 pesos.
Según el régimen implementado por la AFIP, el trabajador debe tener número de CUIL (Código Unico de Identificación Laboral), que se obtiene en el acto, con el Documento Nacional de Identidad, en cualquier oficina de la ANSES. También los empleados de servicio doméstico extranjeros que no posean DNI pueden obtener un CUIL provisorio en la ANSES con el certificado extendido por la Dirección Nacional de Migraciones. El dador de trabajo deberá conservar los tickets ( original y fotocopia) del pago mensual de los aportes y contribuciones y el recibo que acredite el importe abonado en concepto de retribución mensual al trabajador del servicio doméstico.
En cuanto a la deducción del Impuesto a las Ganancias, los que ya tienen registrado a su empleado y presentan su declaración jurada anualmente pueden deducir hasta 4.020 pesos por el período fiscal 2005, mientras que a partir del período 2006, el límite será de 6.000 pesos.
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