11 de abril 2001 - 00:00

Crédito más barato

PERIODISTA: ¿Cuáles son las características del sistema de factoring que usted propone en su proyecto de ley?

Alberto Natale: Es un contrato que ha tenido mucho desarrollo en el mundo de las relaciones comerciales contemporáneas.

Tiene su origen en el derecho i n g l é s , pero también se ha aplicado en Alemania, Francia e Italia entre otros países. Es la versión moderna de la vieja cesión de crédito pero con dos previsiones que no están contempladas en el código de comercio: la universalidad de créditos y la cesión de créditos futuros.

P.: ¿Cómo funciona?

A.N.: El que recibe un producto o servicio conforma la factura y el vendedor tienen un título ejecutivo para que le paguen. Es sustitutivo del pagaré. En el factoring aparece una entidad financiera autorizada por el Banco Central que es la encargada de adelantarle los fondos a la empresa vendedora y luego cobrarle a la compradora. Además el sistema puede funcionar de manera más rápida por vía electrónica. Por ejemplo, si una empresa realiza una venta por correo electrónico, el comprador da la conformidad y notifica al banco su compromiso de pago de la mercadería. La empresa vendedora tendrá un crédito abierto hasta determinado monto de acuerdo a su nivel de facturación, entonces el banco al recibir la comunicación electrónica del comprador confirmando la operación deposita automáticamente el dinero.

P.: ¿En qué se modifica la legislación vigente?


A.N.:
Hoy, el obstáculo es que la cesión de crédito se puede hacer sobre algo existente y no futuro, además, se debe individualizar el crédito que se cede.

P.: ¿Qué otros beneficios traería para las empresas?


A.N.:
Permitiría una baja de las tasas que hoy pagan las PyMEs por descontar por ejemplo un cheque o un pagaré. Si el deudor es una empresa de primera línea la PyME cuando descuenta la factura va a pagar la tasa que corresponde no por el riesgo que ella tiene sino por el riesgo del deudor. En tal sentido, la tasa de descuento será la que hoy paga la empresa de primera línea que es en definitiva la que deberá levantar la factura al vencimiento.

P.: ¿Cree factible que se apruebe esta ley?


A.N.:
Este proyecto de ley lo presenté en 1997 y como ahora lo reactualiza el ministro Cavallo le mandé una copia para que lo tuviera en mente. Si este proyecto logra el impulso del Poder Ejecutivo seguramente se podrá tratar sobre tablas rápidamente y sería una ley que se incorporaría al Código de Comercio.

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