El Senado convirtió ayer en ley Emergencia Económica
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Así se establece que en las obligaciones de dinero existentes al 6 de enero concertadas fuera del sistema financiero, haya o no mora, serán pesificadas uno a uno y se aplicará la normativa vigente en cuanto al CER o el CVS, o el mecanismo de ajuste que en su futuro los reemplace.
El proyecto estipula que si una de las partes considera que con este ajuste el valor es inferior al que corresponde, podrá pedir un reajuste equitativo del precio, con excepción de las personas que se encuentran en mora.
Sobre este punto, la ley establece el procedimiento mediante el cual habrá de resol-verse los efectos que eventual-mente surjan de la aplicación de tales métodos de actualización, reafirmando la plena vigencia del principio del esfuerzo compartido.
En caso de situaciones ya resueltas entre las partes o por disposiciones emanadas de sentencias judiciales, se establece claramente que no se alterarán las mismas por la aplicación de la modificación propiciada.
Por otro lado, el proyecto no incorporó la situación de la renegociación de tarifas, dado que este tema formó parte de una ley especial donde se otorgaron facultades al gobierno para renegociar los contratos con empresas de servicios públicos, que el Congreso podrá aprobar o rechazar.
Como una curiosidad, la nueva ley elimina el segundo párrafo del artículo 6 de la anterior norma de emergencia, que precisamente fue la que dispuso la pesificación de las deudas contraídas con el sistema financiero por préstamos hipotecarios, prendarios y personales. Se explica esta medida en las sucesivas normas dicta-das tras la sanción de la emergencia económica que ratificaron esa pesificación y que terminaron colisionando entre sí como, por ejemplo, en el límite máximo que imponía la Ley de Emergencia original a la conversión a pesos en los préstamos.



