En teoría, existen cuatroalternativas para organizar la imposición al consumo de forma que nodistorsionen los precios relativos de bienes y servicios. Ellas son:
1. Impuesto a las ventasfinales o minoristas.
2. Impuesto al Valor Agregado«tipo consumo».
3. Flat tax o propuesta«Hall-Rabuska».
4. Impuesto al consumopersonal.
Las dos primerasvariantes son impuestos que recaen sobre las transacciones (compraventa de bienesy servicios), mientras que las dos últimas inciden sobre las personas físicasy/o jurídicas a través del consumo que ellas realicen. La revalorización de laimposición al consumo como alternativa a gravar el ingreso (y por lo tanto elahorro) ha conducido al análisis intenso de las mecánicas de imposiciónidentificadas como 3 y 4, que admiten el diseño de imposiciones al consumo conalgún grado de progresividad, circunstancia que no es posible cuando lamecánica elegida actúa a través de las transacciones.
El objeto de esta nota,sin embargo, es realizar una breve comparación de las ventajas y desventajasdel impuesto a las ventas minoristas respecto del IVA, habida cuenta de la ideabarajada en los últimos días en torno a la conveniencia de sustituir esteúltimo por el primeramente mencionado. Esta propuesta sorprende en principioporque contraría una tendencia muy definida a nivel mundial: son más de 110 lospaíses que organizan la imposición al consumo a través del IVA y nada menos que42 los que optaron por introducir este impuesto a lo largo de los años '90,muchas veces para sustituir con el IVA impuestos a las ventas preexistentes.Tampoco existen argumentos conceptuales fuertes que sostengan la referidapostura a favor de ventas minoristas.
Este impuesto recae sobrelas ventas finales, entendiendo por tales las que efectúa un «responsableinscripto» en el impuesto a un «no inscripto» (idealmente un consumidor final).Este procedimiento intenta liberar de impuesto a las compras intermedias(supuestamente las que se realicen entre «responsables inscriptos» queno serían alcanzados por el tributo) puesto que si una firma comprara insumosgravados no podría descontar o recuperar el componente impositivo de su preciode compra (no tendría «crédito fiscal») y se generaría una imposición «encascada» del tipo de la que origina el tan criticado impuesto provincial sobrelos Ingresos Brutos.
Si se garantizara laplena eliminación de la base imponible de todas las compras intermedias, segravaran todos los bienes y servicios finales importados y se excluyera a lasexportaciones, el IVM sería un impuesto puro sobre el gasto doméstico en bienesy servicios, siendo ésta exactamente la misma base imponible de un IVA tipoconsumo y definido con principio destino (grava importaciones y liberaexportaciones) de la naturaleza del hoy vigente en la Argentina.
La diferencia entre ambosimpuestos radica en la técnica que emplean para generar recaudación a partir deuna base imponible que, en principio, es la misma en ambos casos.
Mientras que ventasminoristas capta la recaudación en una sola etapa (la venta final del bien oservicio), el IVA lo hace por «pasos sucesivos», gravando el valor agregado decada una de las etapas de producción y comercialización por las que transita elbien o servicio hasta llegar al consumo final, la suma de valores agregados noes otra cosa que el precio final de venta. La discriminación del IVA en cadafactura sirve para legitimar el crédito fiscal del comprador y,simultáneamente, demuestra la existencia de una obligación fiscal por parte delvendedor. Este sistema de crédito-débito genera un incentivo a comprar acontribuyentes inscriptos y produce una sana oposición de intereses entrecomprador y vendedor en directo beneficio del fisco, puesto que provocacumplimiento voluntario y facilita la auditoría fiscal. Un corolario directo esque el sistema de crédito-débito permite liberar plenamente de todo componenteimpositivo las exportaciones, al aplicar tasa cero a la exportación. Con ello nosolamente se exime de IVA al valor agregado del exportador sino que se ledevuelve todo el crédito fiscal por sus compras gravadas. El que no seefectivice el reembolso de este crédito no es un defecto atribuible alimpuesto, sino exclusivamente una decisión política del Tesoro nacionalequiparable a cualquier atraso en el pago a proveedores o contratistas o a susempleados.
Tres problemas
Desde el punto de vistadel costo de administración del fisco y del costo de cumplimiento para elcontribuyente el IVM plantea tres problemas importantes. El primero, referido acómo garantizar que no incide sobre las compras intermedias. El procedimientousual consiste en la ya mencionada categorización de los sujetos entre«inscriptos» y «no inscriptos», donde el impuesto se aplica solamente sobre lasventas a estos últimos. Esta es una solución muy imperfecta que no elimina elriesgo de imponer transacciones intermedias y es muy vulnerable por conductasevasoras. Un arreglo alternativo consiste en establecer exenciones del impuesto«por destino o uso», gravando o liberando del impuesto al mismo bien, según seael destino que declare el comprador que le dará (si es uso intermedio quedaliberado, si es final se lo grava). Estas exenciones por uso son imposibles decontrolar y muy costosas de administrar.
Este punto no es menor;aunque teóricamente el IVM sería equivalente a un IVA tipo consumo, en lapráctica no es así. Estudios realizados para Estados Unidos atribuyen un mínimode 40% de la recaudación del Sales Tax de los Estados Unidos a comprasintermedias de las empresas. Puede concluirse que, en la práctica, el IVM gravaa la inversión y a las exportaciones.
El segundo graninconveniente se presenta por la ya mencionada naturaleza «monofásica» deventas minoristas, de que esta única etapa que concentra toda la recaudación(venta final al público) es, además, la más difícil y costosa de fiscalizar, yde la presencia de incentivos para que el vendedor y el comprador oculten totalo parcialmente la transacción y evadan el impuesto.
Por último, ventasminoristas es un gravamen que básicamente se aplica sobre bienes y deja fuerade imposición a los servicios. En la práctica, entonces, para generar igual recaudaciónque en IVA debería recurrir a una mayor presión impositiva nominal, lo que depor sí aumenta el premio a la evasión.
Por el contrario, el IVAes una técnica de imposición claramente superior en estos aspectos: garantiza através de la mecánica crédito-débito que ninguna compra intermedia o de bienesde capital quede gravada; al ser plurifásico está expuesto a un menor riesgo deevasión y en la etapa final dicha conducta sólo afectaría al valor agregado porla misma y no a la totalidad del valor, como ocurre con ventas minoristas. Porotra parte, se adapta con relativa facilidad para incorporar a la baseimponible a los servicios, aun a aquellos como los financieros y de seguros queofrecen ciertas dificultades teóricas y prácticas a la hora de definir el realvalor agregado por estos sectores.
Tampoco es claro queventas minoristas reduzca significativamente el universo de contribuyentes aadministrar en relación a IVA y, si bien es cierto que implica un menor costode cumplimiento para el contribuyente, no puede perderse de vista que IVAgenera un mayor volumen de información impositiva de cada responsable inscriptoy que ello facilita la administración del sistema tributario considerado en sutotalidad, puesto que ésta es información que puede y debe cruzarse con lareferida a otros impuestos, principalmente Ganancias y las contribuciones a laseguridad social.



