Las empresas que al momento de solicitar un préstamo bancario tengan deudas previsionales estarán a partir de ahora habilitadas a tomar créditos, según indicó ayer una normativa del Banco Central y de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Habilitan crédito para empresas endeudadas
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La AFIP dispuso, junto al BCRA, que las entidades financieras no deben restringir el acceso al financiamiento ante la existencia de obligaciones previsionales impagas, siempre y cuando el tomador del crédito requiera la afectación total o parcial de la financiación a la cancelación total de dichas deudas.
A través de la Comunicación “C” 90926, el BCRA reiteró a las entidades financieras los procedimientos para la gestión crediticia para el caso de deuda y el cumplimiento de esas obligaciones.
La nota remitida a las entidades financieras remarca la vigencia de la Resolución General N°4128 de la AFIP que establece la obligación de ingresar con clave fiscal al servicio “Consulta para Entidades Financieras de Deudores Previsionales”, para verificar la inexistencia de deuda líquida y exigible por aportes y contribuciones con destino a la seguridad social. Si como resultado de dicha consulta surge la existencia de deudas, deberán notificar tales incumplimientos al solicitante del préstamo.



