27 de noviembre 2025 - 10:59

Ingresos Brutos: las provincias y CABA le deben a empresas casi $100.000 millones que fueron cobrados de más

Se debe al mecanismo que transforma a los bancos en agentes de retención del tributo. El régimen se agrava porque también lo cobran provincias donde las empresas no tienen actividad.

Las empresas acumulan grandes saldos a favor del impuesto a los Ingresos Brutos.

Las empresas acumulan grandes saldos a favor del impuesto a los Ingresos Brutos.

De cuerdo con un relevamiento de la Unión Industrial Argentina (UIA), el conjunto de las provincias argentinas y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) le deben a un grupo de empresas un total de $98.579 millones en concepto del Impuesto a los Ingresos Brutos cobrados de más mediante el sistema de retenciones en cuentas bancarias.

El reporte corresponde a datos hasta el 31 de marzo de este año, lo que implica que pudo haberse ampliando mucho más a lo largo del año. Y lo que puede resultar más gravoso para las empresas es que más de la mitad del saldo se genera en provincias donde no tienen ni siquiera una oficina comercial.

El relevamiento de la central fabril se hizo entre 137 firmas de diferentes sectores por quinto año consecutivo. “Este tributo continúa siendo uno de los más distorsivos del sistema fiscal argentino, dado que grava en cascada la producción a lo largo de toda la cadena de valor y constituye un factor que afecta de manera directa la competitividad industrial”, indica el informe.

“Los resultados muestran que los saldos retenidos alcanzaron los $98.579 millones, lo que implica un promedio de $719 millones por empresa, con un incremento nominal del 86% respecto del año anterior, superando la inflación del período”, indica el reporte.

Las provincias se cobran entre sí un "arancel"

El sistema de retenciones en cuenta bancaria en rigor es una manera de recaudar impuestos por parte de las provincias muy por encima de lo que indica la presión tributaria legal. Eso es posible porque la devolución no es automática. Se hace a cuenta gotas y en la mayoría de los casos, sin actualización por inflación.

Al respecto, la UIA señala que “uno de los aspectos más relevantes del relevamiento es que el 54% de los saldos a favor se acumulan en jurisdicciones donde las empresas no poseen establecimientos”.

“Este fenómeno se explica por el accionar de algunas provincias que aplican retenciones sobre empresas no radicadas, extendiendo el alcance territorial del impuesto más allá de sus límites”, dice el trabajo.

El ejemplo sería así: suponiendo una empresa textil produce una prenda de vestir en la provincia A y tiene sus clientes en territorios de las provincias B, C y D. En teoría debería estar pagando Ingresos Brutos solo donde tiene radicada su producción, es decir, en A. Pero también le cobran en B, C y D. Se transforma en una especie de arancel interno. Algo similar a lo que hace un país que le cobra un impuesto a los productos que vienen de otro territorio.

En definitiva, hoy las industrias estarían pagando casi la mitad de los impuestos provinciales a jurisdicciones en las que no tienen presencia.

Si en cada eslabón de producción se agrega una porción de Ingresos Brutos, la situación se hace mas compleja cuando se pasa al consumo final. Si la prenda se vende en la provincia D, pero con una tarjeta de crédito de un consumidor que está otorgada por un banco en provincia E, se vuelve a cobrar el impuesto al consumidor final en la otra jurisdicción.

Ingresos Brutos: cómo se administra el sistema

El sistema es administrado por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (COMARB). Es una entidad integrada por representantes de las provincias cuyo trabajo es hacer una especie de compensación de importes de Ingresos Brutos cobrados en los diferentes territorios.

COMARB es también la instancia donde se administran los diferentes regímenes de retenciones. El SIRCAR (agentes de retención), SIRCREB (Acreditaciones bancarias) y el SIRCAR (tarjetas de crédito).

La UIA plantea que ese esquema “genera saldos a favor de difícil recuperación y aumenta significativamente la carga administrativa”.

Para cada sistema de retención las empresas tienen que hacer una presentación de documentación especial y a su vez, están obligadas a anotarse como contribuyentes de Ingresos Brutos en cada provincia donde tienen un cliente.

“Si bien la alícuota legal de Ingresos Brutos para la actividad industrial se ubica generalmente entre el 1% y el 2%, la aplicación de regímenes de retención, percepción y pagos a cuenta provoca que la alícuota efectiva resulte, en promedio, un 80% superior a la nominal, afectando directamente los costos operativos y la rentabilidad de las empresas”, señala la UIA.

Reforma tributaria en marcha

De acuerdo con diferentes estudios privados, la recaudación de Ingresos Brutos para las provincias explica entre el 70% y el 80% de los recursos propios, de manera tal que eliminarlo hoy es prácticamente imposible a pesar de generar altos costos a la producción y el comercio.

Tendría que formar parte de una negociación. Un nuevo pacto fiscal tributario que establezca un cronograma como ocurrió en 2017. De hacerse cumplido hoy casi no habría actividad pagando ese tributo.

La idea del Gobierno nacional es que se deroguen los impuestos que encarecen los costos de producción, entre ellos, Ingresos Brutos provinciales. De entablarse una negociación debería ofrecer a los gobernadores otro modo de conseguir recursos alternativo, como un IVA provincial o un impuesto a la última venta para evitar el efecto cascada en cada eslabón de la cadena de producción.

La propuesta de los industriales

Para compensar el efecto distorsivo, desde la UIA proponen:

  • Eliminación de regímenes de retención y percepción entre agentes.
  • Adecuación de las alícuotas de retención, evitando que superen las correspondientes a las actividades gravadas.
  • Creación y actualización permanente de padrones y agentes de recaudación.
  • Automatización de los certificados de exclusión, así como de los procedimientos de devolución, repetición y transferencia de saldos a favor.
  • Cómputo de las percepciones y retenciones en el mismo mes en que se efectúan.
  • Aplicación del criterio de sustento territorial para las retenciones y percepciones, evitando la acumulación en provincias donde la empresa no opera.
  • Devolución de saldos indebidos sin límite temporal.
  • Posibilidad de compensar saldos a favor con obligaciones propias de los agentes de recaudación.

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