4 de octubre 2002 - 00:00

Intiman a contribuyentes

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) redujo a dos comunicaciones las intimaciones para confirmar la dirección fiscal de un contribuyente. Luego de esto la persona o empresa tendrá 10 días para aclarar la situación y, vencido este plazo, el organismo recaudador podrá determinar una dirección «de oficio» que se tomaría de la mencionada en las cuentas bancarias o las tarjetas de crédito. Estas disposiciones aparecen en la Resolución General 1.348 firmada ayer por el titular del organismo, Alberto Abad, para acelerar las acusaciones de potenciales casos de evasión impositiva. Para la AFIP los errores en la determinación correcta de los domicilios fiscales reales son un mecanismo habitual para demorar las fiscalizaciones de la AFIP.

• Domicilios

El envío de dos notificaciones y este plazo de 10 días se les otorga también a los jueces para los casos en los que éstos estén controlando eventuales situaciones de evasión y tengan que efectuar allanamientos en domicilios fiscales que resulten equivocados.

Si luego de este lapso el contribuyente no pudo aclarar su situación, la AFIP estará capacitada para tomar como domicilio válido el que proporcionen los bancos y las empresas de tarjetas de crédito.

Ambito Financiero
reproduce hoy en sus páginas de Internet www.ambitoweb.com el texto completo de esta RG 1.348.

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