Juez de EE.UU. ordenó embargar u$s 105 millones de reservas
Reservas por u$s 105 millones fueron embargadas por decisión judicial en Nueva York a raíz de una presentación conjunta efectuada por dos fondos buitre por el default. Son los de la familia Dart y el Elliot Fund. Las reservas internacionales del Banco Central no pueden ser embargadas pero esgrimieron en su demanda que ese dinero, en realidad, es un pago del Estado argentino al Fondo Monetario. El juez de primera instancia falló a favor del país. Entendió que esos u$s 105 millones pertenecían al Banco Central y, de hecho, estaban en una cuenta a su nombre en la Reserva Federal de Nueva York. Pero los dos fondos buitre apelaron y en el ínterin se mantienen congelados esos activos. Es improbable que una decisión de esta materia en segunda instancia revierta el fallo inicial. Pero agrega cierta incertidumbre hasta que se defina la presentación. Esto no hace más que confirmar lo que ya se preveía: que los fondos buitre van a estar constantemente intentado congelar cualquier activo argentino en el exterior. En este caso, dinero del Banco Central.
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Facsímil de la audiencia telefónica entre los abogados argentinos
y los representantes de los fondos buitre que lograron
embargar, el 30 de diciembre, reservas del Central por
u$s 105 millones.
La presentación de los fondos buitre fue aceptada el 30 de diciembre (el pago al organismo internacional igual se concretó el 3 de enero) por el juez Jones -está en reemplazo de Thomas Griesa en los tribunales del Distrito Sur de Nueva York- pero luego hubo un fallo a favor de la Argentina. El jueves 12 del corriente los fondos buitre presentaron una apelación a la Cámara, y por lo tanto esos u$s 105 millones del Banco Central (el monto en realidad podría ser mayor) siguieron embargados.
Ambito Financiero accedió a la transcripción de la conferencia telefónica arriba mencionada en la que se detalla la situación planteada. Estos fueron los argumentos esgrimidos en ese momento:
• Cerca de u$s 105 millones en la Reserva Federal fueron embargados y muchos millones más. No sabemos exactamente cuánto en tránsito a través de bancos corresponsales. Es completamente erróneo lo que se dice de que esos fondos han pasado a ser del Estado argentino para el uso que describe. El decreto en cuestión no cambió los derechos de propiedad de las reservas las cuales son y serán de la propiedad del Banco Central. Lo que dice el decreto es que las reservas superiores del Banco Central pueden ser utilizadas a un solo propósito que es pagar a organismos internacionales. Es una función histórica del Banco Central la de pagar a organismos. Es intermediario entre el gobierno y el FMI. Estos fondos están siendo utilizados para funciones clásicas del Banco Central.... Han construido esta teoría de la apropiación cuando nada ha pasado a las reservas. Son aún reservas del Banco Central y clásicamente sujetas a la excepción de no ser embargadas. (Joseph Neuhaus por el BCRA)
• La ley (aprobada por el Congreso en base al decreto presidencial) tuvo un solo propósito que es el de dar más flexibilidad al uso de las reservas del Banco Central para pagar deudas que tiene reflejadas en sus balances. El gobierno, en lugar de reembolsarle al Central, lo que le dio fue una obligación de pago que devenga intereses. Las reservas no pueden ser embargadas (Jonathan Blackman por el gobierno).
• En mi concepto rudimentario de la ley de propiedad, si los fondos pertenecían al Banco Central, el Central pagó al FMI y sería un acreedor y la República Argentina deudor de dinero del Central. No concibo entonces que (el pago al FMI) sea posesión de la República (Tribunal).
• En el decreto y la ley aprobada se transfirió la propiedad de esta categoría de reservas en exceso de aquellas necesarias para soportar la base monetaria de la Argentina, de manera que pueda pagar sus obligaciones al FMI. Concedo que los temas tratados sean complejos pero creo que a medida que la Corte se sumerja en la evidencia quedará claro que esto es lo que ha sucedido. Hubo negociaciones entre el Banco Central y la República Argentina acerca de cómo iba a contabilizar esto en sus libros quizá porque había preocupación de esto que estaba pasando. Le dieron un título al Central en compensación pero no estaban obligados a hacerlo (Dennis Hranitzky de EM Limited).
• No hay nada en el decretoejecutivo que hable de transferencia de propiedad. Es una autorización para usar libremente reservas disponibles para pagarle al FMI, que es lo que sucedió. Y el dinero que se embargó en Nueva York además no estaba destinado a ese fin (J. Blackman).




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