El secretario legal y administrativo del Ministerio de Economía, Eduardo Ratti, aseguró que la prohibición de mecanismos de indexación «continúa vigente, tal como lo expresa la Ley de Emergencia Económica».
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Asimismo, aclaró que el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) regirá sólo hasta la extinción de los contratos, recordando que no se podrá aplicar con los pactados a partir del 7 de enero.
Este ajuste por inflación se aplicará a tres tipos de pesificación: depósitos que pasaron de dólares a pesos a $ 1,40, contratos privados (como alquileres) y créditos bancarios (con 180 días sin ajuste) y extrabancarios. Los nuevos préstamos o alquileres que se firmen en pesos a partir de ahora, por lo tanto, no pueden incluir cláusulas indexatorias.
Según el Decreto 214/02, definió que los créditos que sean ajustados tendrán tasas máximas. El límite será distinto para aquellas financiaciones con garantía real respecto de aquellos préstamos que no cuentan con garantías reales. La intención al imponer tasas máximas es que el valor de las cuotas no tengan un incremento excesivo por la aplicación de la inflación más la tasa de interés.
El índice de inflación se aplicará para los créditos recién dentro de 180 días. De esta forma, en los próximos seis meses si un deudor estaba pagando una cuota de $ 500 por mes, seguirá con el mismo nivel durante el período dispuesto.
Según el proyecto del BCRA, recién el 4 de agosto se dispondrá la actualización de las cuotas de acuerdo con la inflación pasada. El período que se tomará en cuenta para realizar el ajuste se toma a partir del 3 de febrero. Esto significa que no incluirá la inflación que se haya producido en enero (ayer se confirmó oficialmente que llegó a 2,3%).
La autoridad monetaria, asimismo, dispuso que desde el lunes próximo los bancos sólo estarán autorizados a otorgar créditos en pesos.
En cuanto a los depósitos, los bancos sólo podrán abrir cuentas en dólares sólo si se trata de plazos fijos. No podrán realizarse depósitos en cuentas a la vista en moneda extranjera.
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