La lección de Ecuador
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En julio (es decir, poco menos de un año luego del default mientras que la Argentina ya lleva 19 meses y todavía no estructuró ni siquiera un esquema inicial de términos y condiciones), el gobierno formuló una propuesta concreta de reestructuración de la deuda en default, cuyos términos principales fueron los siguientes:
• emisión de nuevos bonos internacionales a un plazo de 30 años con una tasa de interés estilo step-up (aumento paulatino) fijada inicialmente en 4% para crecer a 1% por año hasta 2006 y fija de 10% a partir de dicho año;
• emisión de nuevos bonos internacionales a 12 años con una quita de 35% sobre el valor nominal, pero con tasas de interés de mercado. El monto de estos títulos tuvo un máximo de 1.200 millones de dólares, con lo que, si bien los inversores podían elegir esta opción, ésta tenía un alcance reducido por el límite de la emisión. Los tenedores de bonos Brady y eurobonos de menor plazo tuvieron prioridad en la elección de estos bonos;
• el cierre de la oferta se sujetó a la obtención de la aprobación de tenedores que representaran, como mínimo, 85% del capital adeudado;
• pago en efectivo de ciertas sumas en concepto de intereses vencidos a favor de los tenedores de los bonos Brady que estaban garantizados con títulos del Tesoro de Estados Unidos;
• la obligación de Ecuador de implementar una recompra periódica de deuda en el mercado secundario a los fines de mantener el valor de los títulos en el mercado secundario;
• los títulos a 30 años contenían la obligación de Ecuador de emitir automáticamente nuevos títulos en caso de un default futuro. Los términos de esta reemisión fueron los siguientes: 30% adicional si el default ocurriera durante los cuatro años siguientes al cierre de la operación; 20% adicional si ocurriera entre el quinto y el séptimo año; y 10% adicional si ocurriera entre el octavo y el undécimo año;
• el uso de ciertas estrategias legales para incentivar el canje por parte de los acreedores conocidas como cláusulas de consentimiento de salida.
La propuesta tuvo éxito al ser aceptada por acreedores que representaban más de 98% del capital adeudado. El total de deuda representada por los bonos Brady y los eurobonos fue reducido en 40%. Al momento de la reestructuración, los títulos en default cotizaban alrededor de 35%. Los pocos acreedores que no aceptaron conservaron sus títulos originales, sin quitas, sin reducciones de la tasa de interés y sin mayores de plazos, aunque con menor fuerza legal en razón de las modificaciones introductorias. El gobierno retomó los pagos de estos títulos.
• Diferencias
Sin duda que el éxito de la reestructuración se debió a que las quitas no superaron 40% y a que gran parte de la deuda se encontraba en manos de inversores institucionales, que, como están obligados a valuar sus títulos a precio de mercado, el nuevo valor nominal de éstos (con quitas luego de la reestructuración) les interesa menos, lo que no es el caso de los inversores minoristas, que prefieren proteger el valor nominal. La Argentina tiene una enorme base de inversores de la última categoría.
Sin embargo, a tres años de haber implementado esta reestructuración, Ecuador nuevamente se encuentra en problemas para el cumplimiento de la deuda reestructurada, estando en riesgo de incurrir en un nuevo default dada su precaria situación fiscal. La mayoría de los analistas de ese país y del exterior opina que las quitas sobre el capital debieron ser aún mayores para ganar sustentabilidad en el mediano plazo. Pero ello gatilla la pregunta que la Argentina igualmente se plantea: ¿aceptarán los acreedores quitas de, por ejemplo, 70% sobre el capital? Y, si no lo hacen, ¿cómo hará Kirchner para levantar el default sin reformar el Estado y completar las reformas estructurales?
(*) Autor del libro «Argentina, el FMI, Estados Unidos y los acreedores», de próxima publicación. Patrocinante de inversores argentinos.



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