Las empresas que inviertan pagarán menos Ganancias
Es más amplio el proyecto de rebaja de la alícuota de 35% a 30% en Ganancias para las empresas. Las compañías que hayan invertido en sus plantas y en la compra de maquinarias (siempre que no sean autos) entre el 1 de abril de 2002 y el 31 de marzo de 2003 podrán acelerar sus amortizaciones. Así, la alícuota final podría reducirse hasta 28%. Además, algunas personas físicas tributarán 15% menos de ese impuesto, pero sólo cuando se trate de renta empresaria. En el proyecto se busca también eliminar todo vestigio y rastro legal de sistema de ajuste por inflación aplicado hasta 1992 y que por ahora está sólo suspendido.
-
La deuda pública en pesos subió 4% en marzo y los vencimientos en moneda extranjera llegan a u$s12.022 millones para el resto del año
-
El dólar oficial ya acumula una baja de 5,4% en 2026 y se mantiene lejos del techo de la banda
• En teoría, aseguran en Economía, con la aprobación de este artículo desaparece de la legislación argentina el concepto de ajuste por inflación.
• El artículo 3 de este proyecto establece la tasa de 30% en Ganancias para todo tipo de sociedades y empresas, para los ejercicios fiscales cerrados entre el 31 de marzo de 2002 y el 28 de febrero de 2003. Este artículo menciona también que en la reducción de la alícuota también tendrá vigencia cuando durante este período se paguen dividendos o se distribuyan utilidades a los accionistas de las empresas.
• Una de las novedades de este proyecto es que en el artículo 4° se incluye a las personas físicas que cierren sus balances el 31 de diciembre de 2002. Estos contribuyentes, y siempre que se trate de ingresos provenientes de la explotación de sociedades y empresas extranjeras o radicadas en el exterior, además de las comisionistas, rematadores, etc., tendrán un descuento por el ejercicio 2002 de 15% sobre el total del monto de Ganancias que tengan que pagar. En estos casos, por ser personas físicas (con nombre y apellido), la alícuota máxima también es de 35% pero puede ser menor según el nivel de las ganancias que haya tenido el contribuyente el año pasado. Este 15% es un porcentaje equivalente a la disminución de la alícuota de 35% a 30% dispuesta para las sociedades.
• El artículo 5 del proyecto plantea la posibilidad de acelerar la amortización de los bienes muebles (siempre que no sean automóviles) que las sociedades hayan adquirido entre el 1 de abril de 2002 y el 31 de marzo de 2003. Según calculan en Economía, las empresas que invirtieron en bienes durante este período tendrían una reducción extra en el Impuesto a las Ganancias en el ejercicio 2002 de hasta 28% en lugar del 30% original. Según el texto de la ley, para el año actual habrá un aumento en esta amortización de 150%. Por ejemplo, si una empresa adquirió una máquina en 100.000 pesos con un período de amortización de 10 años a 10.000 pesos anuales de amortización, durante este ejercicio se podrán descontar 15.000 pesos. Sin embargo, en el último ejercicio de los 10 años se tendrán que descontar los 10.000 pesos en un solo semestre. Según el tributarista Leonel Massad, este mecanismo sería positivo y favorecería a las empresas sin que el fisco pierda dinero ya que «presta plata sin intereses con la obligación para el contribuyente de que la devuelva en un período determinado».
• Para poder acceder a este beneficio, las empresas deben mantener dentro de sus activos estos bienes durante dos años desde su compra. Si no cumplen esta condición, deberán rectificar las declaraciones juradas y pagar lo que descontaron en Ganancias.




Dejá tu comentario