Lavagna quiere más poderes que Cavallo
Roberto Lavagna podría contar con superpoderes nunca otorgados a otro ministro si el Congreso aprueba sin cambios el Presupuesto Nacional 2004. Un artículo de ese proyecto, el 13, permite al gobierno modificar la norma más importante de la administración pública sin pedir autorización al Congreso. Podrá subir el límite de gasto a su parecer, aumentar o disminuir partidas o modificarlas. El peligro es que el Presupuesto actúa como límite máximo del gasto estatal. El gobierno está facultado para bajarlo, pero no para subirlo. La norma que se pide lo autoriza. Pero además convierte a la Ley de Presupuesto en una mera formalidad. También cualquier gasto podrá ser modificado, desde asistencia social hasta los intereses de la deuda. Es un clásico que un gobierno pida al Congreso flexibilidad para ejecutar el Presupuesto, pero nunca se liberó al ministro de Economía de respetar los límites de la Ley de Administración Financiera del Estado, norma poco conocida, pero la más importante en materia económica. Con Carlos Menem en el poder, sus propios diputados se negaron a avalar semejantes superpoderes. Domingo Cavallo no los consiguió tampoco en el gobierno de Fernando de la Rúa. Ahora, el Ejecutivo está decidido a conseguirlo y de esa forma no deberá dar cuentas si en 2004, por ejemplo, la recaudación supera las proyecciones que se fijaron en el proyecto de Presupuesto en discusión.
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El ya famoso artículo 13 del proyecto de Presupuesto 2004 establece: «Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a disponer las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias dentro del total aprobado por la presente ley, sin sujeción al artículo 37 de la Ley Nº 24.156».
• Repetición
La primera parte pudo leerse en todos los presupuestos votados desde que Menem asumió la Presidencia, sin eximir de esto a Fernando de la Rúa que continuó con el rito de pedir poderes especiales al Congreso para ejecutar el presupuesto.
El problema viene con la parte del artículo que está después de la coma. Esa es la Ley de Administración Financiera del estado que establece: «...Quedarán reservadas al Congreso Nacional las decisiones que afecten el monto total del presupuesto y el monto del endeudamiento previsto, así como los cambios que impliquen incrementar los gastos corrientes en detrimento de los gastos de capital o de las aplicaciones financieras, y los que impliquen un cambio en la distribución de las finalidades».
Esa misma ley establece en otro artículo que la finalidad primordial del presupuesto público es la de establecer el límite del gasto total y del endeudamiento. Por lo tanto queda claro que si se excluye al gobierno de cumplir con el artículo arriba citado, poca utilidad tiene aguantar dos meses de debate de una ley de presupuesto que se convertiría en una formalidad en papel.
Pero ésta no es la primera vez que el Congreso recibe un pedido así. Eduardo Duhalde el año pasado modificó partidas por el Decreto 435, asignando fondos a universidades en franca viola-ción a la ley de administración financiera. Algo similar hizo Néstor Kirchner con el plan de obras públicas mediante una decisión administrativa.
Para abundar mas en la pasión del Ejecutivo por modificar vía decreto lo que el Congreso vota como ley en el presupuesto, basta con revisar el decreto distributivo del Presupuesto 2003 donde el gobierno hizo 270 modificaciones a lo que habían resuelto diputados y senadores en la norma que el propio ministro de Economía envió al Congreso.




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