El Gobierno nacional introdujo cambios en el régimen de contrataciones de la administración pública y en el esquema de autorizaciones de gastos con el objetivo de acelerar los procedimientos y mejorar la gestión de los recursos estatales.
A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo redefinió las facultades de funcionarios y autoridades para intervenir en procesos de contratación y autorización de gastos. La medida busca agilizar, simplificar y dotar de mayor operatividad la gestión administrativa, según argumentó el Gobierno.
Archivo.El nuevo régimen redefine qué funcionarios podrán intervenir en las distintas etapas de los procesos de compra del Estado.
El Gobierno nacional introdujo cambios en el régimen de contrataciones de la administración pública y en el esquema de autorizaciones de gastos con el objetivo de acelerar los procedimientos y mejorar la gestión de los recursos estatales.
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La medida fue oficializada este viernes mediante el Decreto 427/2026, publicado en el Boletín Oficial, y modifica las escalas de competencias establecidas para la aprobación de licitaciones, concursos, subastas, adjudicaciones y gastos dentro de la administración nacional.
En los fundamentos de la norma, el Poder Ejecutivo sostuvo que la decisión apunta a "agilizar, simplificar y dotar de mayor operatividad la gestión de los procedimientos de selección", al tiempo que busca favorecer una utilización más eficiente de los recursos públicos.
El decreto modifica el reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, vigente desde 2016, y redefine qué funcionarios podrán intervenir en las distintas etapas de los procesos de compra del Estado según el monto involucrado.
A partir de los cambios, los subsecretarios podrán autorizar convocatorias, aprobar pliegos y declarar desiertos procedimientos de licitación o concurso de hasta 50.000 módulos, mientras que los secretarios de la Presidencia, de la Jefatura de Gabinete y de los ministerios quedarán facultados para intervenir cuando las contrataciones superen ese monto.
En cuanto a la aprobación final de los procedimientos y las adjudicaciones, el esquema también redistribuye facultades entre directores, subsecretarios, secretarios y ministros de acuerdo con la magnitud económica de cada contratación.
La normativa incorpora además modificaciones en el régimen de autorización de gastos previsto por la Ley de Administración Financiera, actualizando la escala de competencias para ordenar erogaciones dentro del sector público nacional.
De esta manera, los secretarios de la Jefatura de Gabinete, secretarios ministeriales y funcionarios de nivel equivalente podrán aprobar gastos de hasta 50.000 módulos, mientras que las erogaciones que superen ese límite deberán contar con la intervención de ministros, autoridades con rango ministerial, máximas autoridades de organismos descentralizados o del Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de su jurisdicción.
Según el texto oficial, la modificación también busca armonizar el régimen de competencias con la estructura funcional vigente de las distintas jurisdicciones del Estado nacional, incorporando a autoridades que ejercen la conducción superior de determinadas áreas.
La medida contó con la intervención técnica de la Oficina Nacional de Contrataciones, la Contaduría General de la Nación, la Tesorería General de la Nación y la Oficina Nacional de Presupuesto, organismos dependientes de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Economía.
El decreto entrará en vigencia a los cinco días hábiles contados desde el día hábil siguiente a su publicación y será aplicable a todos los procedimientos de contratación, incluso aquellos que hubieran sido autorizados con anterioridad.