La Unión Obrera Metalúrgica (UOMRA) acordó con los empresarios del sector un aumento salarial en cuatro cuotas de más de 12%.
Paritarias UOM: metalúrgicos lograron un aumento del 12% en cuatro cuotas
Los metalúrgicos firmaron con los empresarios del sector un acuerdo que les permitirá incrementos mensuales de entre 2,5% y 3,5% para los próximos meses.
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El documento fue firmado con los siguientes integrantes: Asociación de Industriales Metalúrgicos, la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales de Electrónica, la Federación de Cámaras Industriales de Artefactos para el Hogar, la Cámara de la Pequeña y Mediana Industria Metalúrgica, la Cámara Argentina de la Industria del Aluminio y Metales Afines y la Asociación de Fábricas Argentinas de Componentes.
Así quedó la escala paritaria para los próximos meses:
- 3,5% a partir del 1/7/24 sobre los salarios básicos vigentes al 1/7/24
- 3,5% a partir del 1/8/24, sobre los salarios básicos vigentes al 31/7/24
- 2,5% a partir del 1/9/24, sobre los salarios básicos vigentes al 31/8/24
- 2,5% a partir del 1/10/24, sobre los salarios básicos vigentes al 30/9/24
El pago retroactivo correspondiente al mes de julio 2024, se abonará con los haberes correspondientes a la primera quincena de agosto en tanto y en cuanto el acuerdo sea homologado.
Las Partes se comprometieron a adjuntar las planillas con los valores de los salarios básicos pactados dentro de las próximas 48 hs.
Ingreso mínimo global de referencia:
- $ 669.326 a partir del 1/7/24
- $ 692.753 a partir del 1/8/24
- $ 710.072 a partir del 1/9/24
- $ 727.823 a partir del 1/10/24
Las partes se comprometieron a volver a reunirse a partir del 15 de noviembre de 2024 a fin de llevar adelante la revisión del presente acuerdo evaluando la evolución de las variables macroeconómicas y el nivel de actividad y continuar con la negociación colectiva.
El acuerdo aún debe ser homologado por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social a través de una resolución en el Boletín Oficial. A la vez, la revisión paritaria solo alcanzará a la Rama 17.
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