Presión de senadores para no pagar la deuda con reservas
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El proyecto, firmado por José Luis Gioja, Oscar Lamberto, Miguel Angel Pichetto, Marcelo López Arias y María Cristina Perceval, sirve para recordar la vigencia de algunos artículos de la Ley de Convertibilidad que hoy se pueden convertir en una molestia para el gobierno.
En el momento de sancionar la Emergencia Pública, y en medio de la crisis que suponía devaluar y salir de la convertibilidad, tanto Economía, en manos de Jorge Remes Lenicov, como el Congreso acordaron mantener algunos límites al uso de las reservas que, se intuía, podían volatilizarse. Fue por eso que se ratificaron los artículos de la Ley de Convertibilidad que hoy prohibirían usar las reservas del Central para cancelar deudas.
Se mantuvo con vida, con leves modificaciones, entonces, el artículo 4 de esa norma que establece: «En todo momento, las reservas del Banco Central en oro y divisas extranjeras serán afectadas al respaldo de la base monetaria...». También el articulo 5 y el 6, que fija claramente: «Los bienes que integran las reservas mencionadas en el artículo anterior constituyen prenda común de la base monetaria, son inembargables y pueden aplicarse exclusivamente a los fines previstos en la presente ley. La base monetaria en pesos está constituida por la circulación monetaria más los depósitos a la vista de las entidades financieras en el Banco Central, en cuenta corriente o cuentas especiales». Sobre este último artículo existen dos interpretaciones: la técnica dice que utilizarlas para el pago significa violar directamente su carácter de prenda común de la base monetaria y una política -sostenida por parte del PJ- indica que poner las reservas a disposición de los acreedores es de alguna forma flexibilizar su condición de inembargables.
Según opinan en el Senado, «el legislador quiso preservar las reservas exclusivamente como prenda común de la base monetaria o, lo que es lo mismo, no se pueden utilizar reservas si no se reduce el valor proporcional de los pesos en circulación; por lo tanto, es ilegal utilizar reservas del país para pagar vencimientos de deuda, tanto a organismos internacionales como a entidades privadas».
Desde el Banco Central ayer indicaron a Ambito Financiero que cuando se ha realizado este tipo de pagos en los últimos meses no ha existido nunca una contramedida para retirar pesos de la base monetaria, de manera que, de tener fuerza legal la tesis sostenida en el Senado, el gobierno estaría incumpliendo la Ley de Convertibilidad, que a pesar de la crisis se mantiene parcialmente viva y en vigencia.



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