Las empresas que cerraron sus balances en setiembre del año pasado, también podrán desdoblar el pago del saldo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio 2002; así lo dispuso ayer la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
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Según reglamentó el organismo que dirige Alberto Abad, estas compañías (que en general abarcan a bancos, empresas de seguros, turismo y consultorías de capital extranjero), tendrán que pagar esta semana y de acuerdo el número de culminación de CUIT, 80% del monto total del impuesto que tengan que liquidar; luego de descontar los anticipos ya liquidados hasta febrero. Estas empresas podrán pagar 20% restante antes del 15 de marzo de 2003.
Con esta medida, dispuesta ayer a través de la Resolución General 1.437, coloca en igualdad de situación a las compañías que cerraron balances en setiembre, con las que lo hicieron en julio y agosto del año pasado. La necesidad de implementar esta medida por parte de la AFIP, surge de la demora de la aprobación en el Congreso de la rebaja de la alícuota del Impuesto a las Ganancias para el ejercicio 2002, de 35% a 30%; y por la cual el gobierno quiso compensar a las empresas por la prohibición de aplicar ajustes por inflación. Ahora el verdadero temor del Ministerio de Economía, es que el Congreso se demore más allá de marzo para aprobar la rebaja de la alícuota de Ganancias y la eliminación de los ajustes por inflación, y que también el grueso de los contribuyentes que deben liquidar el ejercicio 2002 y que cerraron balances en diciembre del año pasado, tengan que desdoblar el pago para no ser alcanzados con la alícuota de 35%.
Este mes las empresas que cerraron balances en setiembre del año pasado debían presentar sus declaraciones juradas y pagar los saldos de Ganancias; y en teoría (y como todavía no rige la rebaja de la alícuota), estas compañías deberían pagar el impuesto con una alícuota de 35%. Por esto el grupo de empresas que cerraron balances en setiembre se suman al grupo al cual se le desdobló el pago. Se supone que con la liquidación de 80% se cubriría la mayor parte del pago con la alícuota de 30%, y en 20% que se tendría que pagar en marzo se cubriría el saldo final.
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