Recategorizarán de oficio a monotributistas que gasten más de lo que facturen
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También, indicó que "a efectos de facilitar la permanencia y el correcto encuadramiento en el Régimen Simplificado, se implementará el procedimiento denominado Mi Categoría ", el cual contemplará, entre otros, los siguientes aspectos:
- A la finalización de cada cuatrimestre calendario (enero/abril, mayo/ agosto y septiembre/diciembre), este Organismo pondrá a disposición del pequeño contribuyente la información que posee sobre su situación tributaria, a través del sitio "web" institucional y mediante la remisión de alertas al "Domicilio Fiscal Electrónico".
- La recategorización cuatrimestral correspondiente al período mayo/agosto de cada año resultará obligatoria aún cuando el pequeño contribuyente deba permanecer encuadrado en la misma categoría, en cuyo caso dicha recategorización implicará una confirmación de los datos declarados a los fines de su categorización.
- No deberán cumplir dicha obligación los pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social y los asociados a cooperativas de trabajo.
- Dejará de realizarse la Declaración Jurada Informativa anual, ya que esos datos serán actualizados de oficio por la AFIP o mediante la voluntad del monotributista.
- Los excluidos del sistema podrán reingresar al Monotributo hasta el 31 de este año.
Por último, la AFIP advirtió que "la falta de cumplimiento de alguna de las obligaciones con relación a las modalidades de pago, a la emisión de comprobantes en forma electrónica, al domicilio fiscal electrónico y a la recategorización obligatoria, producirá la suspensión temporal de la visualización de la Constancia de Opción Monotributo , hasta tanto el pequeño contribuyente regularice su situación".
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