5 de febrero 2003 - 00:00

Reglamentan pago con bonos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó ayer el mecanismo para poder cancelar obligaciones impositivas a través de los Certificados de Crédito Fiscal (CCF). Según la Resolución General 1.433, que lleva la firma del titular de la AFIP Alberto Abad, los contribuyentes que paguen impuestos con los CCF (utilizados generalmente por las personas físicas y jurídicas que pagan impuestos a través de títulos públicos nacionales), tendrán que presentar en la agencia donde están inscriptos la «Constancia de Transferencia» emitida por la Caja de Valores. Además se tendrá que presentar un formulario (el 688/A) donde deben figurar los datos de la persona.

Este mecanismo deberá ser utilizado por los contribuyentes que se presenten en los próximos días a la licitación de 80 millones de pesos mensuales que permite el gobierno para pagar impuestos con títulos públicos hoy en default. Ayer Economía publicó el régimen para la cancelación de impuestos con estos bonos, informando que la Secretaría de Hacienda aceptará las ofertas hasta el viernes 7 a las 14 horas; aclarando además que no se aceptan pagos a la seguridad social. Ambito Financiero publica hoy en su edición de Internet «www.ambitoweb.com» el texto completo de la RG 1.433 que reglamenta el pago de impuestos con los CFF. También se publica en el mismo sitio de Internet el listado de bonos que se incluyen para poder cancelar obligaciones impositivas dentro de la licitación que organiza el Ministerio de Economía.

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