9 de agosto 2004 - 00:00

Riesgoso: retornarán las cajas de crédito

El directorio del Banco Central, tras casi 10 meses, finalmente reglamentó la Ley 25.782 de Cajas de Crédito Cooperativas. El vicepresidente de la entidad, Pedro Lacoste, cumplió su compromiso con los legisladores que presionaban por la nueva normativa. Y se flexibilizaron algunos aspectos de la ley para bien de los promotores de este negocio financiero. Entre los cambios dictados por el Central se destacan.

HABILITACION


Se redujeron las exigencias de capital básico, ubicándose entre $ 100.000 y $ 1 millón en función del tamaño de la población del partido donde se radique (actualmentela exigencia básica para que un banco nuevo pueda operar es de $ 15 millones).

MICROCREDITOS


Se extendieron modalidades especiales de préstamos en las que se redujeron los requisitos necesarios para el otorgamiento de financiaciones.

LETRAS DE CAMBIO


Las cajas de crédito podrán ofrecer el servicio de Letras de cambio, las que serán debitadas de las cuentas a la vista. Así se podrá realizar extracciones de fondos o pagos a favor de terceros respecto de fondos depositados en las cuentas a la vista en pesos. No habrá autorización para girar en descubierto.

FONDEO


El fondeo de las cajas de crédito, de acuerdo con lo establecido en la ley, estará basado en una estructura atomizada de depósitos. Para facilitar la obtención de una masa crítica de fondos para su desenvolvimiento, el Central elevó el tope de depósitos a plazo fijo de $ 10.000 a $ 12.000; además admitió la venta de cartera, operaciones de pase y préstamos interfinancieros. Los depósitos de las cajas de crédito estarán cubiertos, con las limitaciones y los alcances establecidos con carácter general para las restantes entidades financieras, por la garantía de los depósitos.

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