Desde hoy rige la indexación de las deudas pesificadas y los depósitos por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER). Se conocerán los detalles de este indicador que será difundido el día 7 de cada mes por el Banco Central. Asimismo, los ahorristas podrán desde hoy pesificar sus depósitos y tendrán plazo hasta el 28 de este mes para transferir hasta 7.000 pesos a sus cajas de ahorro o cuentas corrientes. El plazo para optar por el bono en dólares por depósitos de hasta 30.000 dólares quedó abierto por 90 días. INDEXACION DE DEUDAS
Se indexarán en forma mensual de acuerdo con la inflación minorista registrada durante el mes anterior. El denominado Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) será difundido por el Banco Central todos los días 7 de cada mes, con excepción de este primer mes, que saldría hoy. La tablita computará sólo la inflación registrada durante los días hábiles del mes anterior y estará desagregada la información día por día para que se indexe de acuerdo con la fecha de vencimiento de cada crédito o contrato.
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La indexación se aplicará sobre el capital de las deudas. Así, si el mes pasado la inflación fue de 2,3%, el capital adeudado crece en igual proporción. Para el año el gobierno estima una inflación de 15%, pero por cómo evolucionaron los precios hasta ahora se descuenta que será mayor. Por eso el Banco Central, que ahora está autorizado a establecer tasas máximas, ha determinado que los créditos pesificados para personas físicas pagarán una tasa de 4% anual mientras que para empresas la tasa será de 7%. De esta forma se busca amortiguar el impacto. Porque estiman que, si la inflación fuera de 15% y el interés baja a 4%, el impacto del CER se reduce, ya que en general los créditos fueron pactados a tasas de entre 10% y 30%. El problema es que los precios no se disparen. Si eso sucediera las deudas crecerán a tasas insostenibles. Es por esa razón que el CER recién comenzará a aplicarse en seis meses. Si bien su aplicación será retroactiva, fuentes del gobierno aseguran que «si la inflación se dispara se buscará una metodología alternativa». De hecho, el decreto que estableció el CER especifica que si por la aplicación de la indexación se terminara pagando un valor mayor al de la vivienda u objeto que se adquirió hay derecho a una renegociación. Mientras tanto, fuentes bancarias aseguraron a este diario que por cómo está redactada la medida, la indexación sólo rige para quienes fueron pesificados en la segunda tanda. Desde el Ministerio de Economía, sin embargo, aseguran que la medida es para todos. DEPOSITOS
Habrá plazo hasta el 28 de febrero para transferir voluntariamente hasta 7.000 pesos desde sus plazos fijos a cajas de ahorro o cuentas corrientes. DEPOSITOS EN DOLARES
Podrán pesificarse desde hoy a un valor de 1,40 peso por dólar que se devolverán en 12 cuotas mensuales a partir de enero de 2003 para los importes que van de 1.200 a 7.000 pesos. Los montos de más de 7.000 y hasta 14.000 pesos se restituirán en 12 cuotas a partir de marzo de 2003; los de más de 14.000 y hasta 42.000 pesos se reintegrarán en 18 cuotas a partir de junio de 2003; y los de más de 42.000 pesos se reembolsarán en 24 cuotas a partir de setiembre de 2003.
Se podrá optar por mantener los ahorros en plazo fijo en la moneda original, recibiendo a cambio un bono en dólares hasta un tope de 30.000 de esa moneda. Los titulares podrán ejercer esta opción dentro de los 90 días de publicada la norma que reglamente la emisión del bono, hecho que aún no fue efectivizado por el Banco Central.
Las cuotas de los depósitos originados en dólares y luego pesificados, al vencimiento, se multiplicarán por el valor del CER que surja de comparar los índices correspondientes a la fecha de vencimiento y el del 4 de febrero o fecha posterior de inicio de la reprogramación. La forma de pago de las cuotas será en efectivo, con una tasa de interés nominal anual de 2% para los depósitos pesificados. Los intereses serán pagaderos en efectivo mensualmente, inclusive durante el período que transcurra hasta el vencimiento de la primera cuota. PLAZOS FIJOS EN PESOS
El cronograma para devolver los plazos fijos generados originalmente en pesos es el siguiente: desde $ 400 y hasta $ 10.000 serán reintegrados en cuatro cuotas a partir de marzo de 2002. Entre $ 10.000 y hasta $ 30.000 se devolverán en doce cuotas a partir de agosto de 2002; y los de más de $ 30.000 serán reintegrados en 24 cuotas a partir de diciembre de 2002. Las cuotas de capital serán iguales, determinadas en valor nominal, mensuales y consecutivas. La tasa de interés anual será de 7%. EXENCIONES
Se podrá requerir ser dejado de lado en la reprogramación de los depósitos en aquellos casos en que sus fondos sean destinados al pago de remuneraciones del personal en relación de dependencia, pago de obligaciones de cualquier naturaleza con el Estado o la cancelación total o parcial de financiaciones con saldos reprogramados en la misma entidad. Asimismo, las personas físicas podrán requerir la desafectación de las sumas acreditadas en las entidades financieras y que hayan sido percibidas en concepto de:
1) Indemnizaciones por desvinculaciones laborales, respecto de las sumas percibidas a partir del 1 de julio de 2000 y hasta el límite de 30.000 pesos; mientras que las sumas percibidas a partir del 3 de diciembre de 2001 no tendrán límite para su desafectación.
2) Indemnizaciones y seguros de vida por fallecimiento, incapacidad o accidente y la primera liquidación de haberes previsionales retroactivo, hasta el límite de 30.000 pesos, cualquiera sea la fecha de su percepción.
3) Mayores de 75 años: podrán disponer libremente de sus fondos.
4) Los depósitos realizados a partir del 3 de diciembre de 2001 en efectivo, tanto en pesos como en moneda extranjera, y las transferencias provenientes del exterior ingresadas desde el 4 de diciembre de 2001 no estarán sujetas a ninguna restricción en cuanto a su disponibilidad.
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