Tras pedido de la UIF, la Justicia ordenó allanamiento de cuatro joyerías
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Lo ordenó ante la posible comisión del delito de lavado de activos de origen delictivo y a los efectos de verificar el cumplimiento de la ley 25.246, que es la norma principal del sistema antilavado de Argentina.
El artículo 21 de la referida ley establece que las joyerías, por ser sujetos obligados a aplicar procedimientos antilavado de activos (ALA) y contra la financiación del terrorismo (CFT), y a reportar al Estado operaciones sospechosas, deben recabar de sus clientes documentos que prueben su identidad y comunicar a la UIF las transacciones que presenten indicios de delitos como fuente del dinero o los bienes que involucran.
En el caso de Richiardi, su local de la avenida Alvear 1572, del barrio porteño de Recoleta, fue objeto de una orden de supervisión in situ que Sbattella dispuso ejecutar el 15 de setiembre de 2010, cuando también se dictó esa medida respecto del comercio Paul Baker, en avenida Alvear 1585.
"En aquella oportunidad, el personal de las joyerías impidió la realización de los operativos; no aceptó recibir las órdenes de supervisión correspondientes ni exhibió la documentación que se solicitaba", recordó Sbattella.
El 29 de julio último, el titular de la UIF había enviado un requerimiento a la Cámara Argentina de Joyería, Relojería y Afines, para obtener datos atinentes al sector y comunicar que, en uso de las facultades que otorga el artículo 14 de la ley 25.246, la Unidad iba a verificar el cumplimiento de las obligaciones impuestas a quienes se dedican al comercio de joyas y metales preciosos.
La UIF informó que "ante la persistente negativa de los sujetos a supervisar, y luego de establecer la vinculación de Richiardi y Paul Baker con la joyería El Lingote de Maipú 1069 de Rosario, Santa Fe, y el particular Juan Carlos Alvares o Alvarez, la UIF recurrió al fiscal Raúl Pleé, titular de la unidad del Ministerio Público especializada en investigaciones ALA/CFT, para que solicitara a la Justicia Federal las correspondientes órdenes de allanamiento.
El juez Lijo, quien quedó a cargo del proceso penal derivado de la originaria intervención administrativa de la UIF, ordenó finalmente realizar los procedimientos al equipo de supervisores de la Unidad, junto con personal de la Gendarmería Nacional.
"Las joyerías constituyen uno de los sectores más vulnerables a ser utilizado para los fines del lavado de activos. En la última década, se ha dado una creciente importancia a nivel internacional, en relación al delito de lavado, lo cual obedece al gran impacto que éste imprime a los sistemas económicos y políticos", advirtió Sbattella.




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