4 de diciembre 2018 - 00:04

La ONU y "Lilita" en contra de reforma previsional de Macri

Último reporte cuestiona nuevo cálculo de movilidad en haberes jubilatorios y exige al Gobierno que restaure fórmula anterior. Además, que reintegre pensiones no contributivas quitadas. Carrió (versión 2010) apoyaba índice ISBIC para "todos".

El Consejo Económico y Social de la Organización de Naciones Unidas (ONU) realizó un crítico informe sobre variables económicas del país y realizó dos observaciones que impactan de lleno en los objetivos planteados por la administración Cambiemos para achicar el déficit fiscal. El reporte al que accedió Ámbito Financiero detalla duros cuestionamientos al cambio de fórmula para el cálculo de haberes jubilatorios surgido de la reforma previsional de diciembre de 2017, y hace foco también sobre “la masiva suspensión de las pensiones no contributivas a personas con discapacidad”. Sin ser vinculante, y pocas veces atenido en sus reclamos, su difusión coincide con que ambos aspectos fueron judicializados en tribunales locales, y uno de ellos, el del cambio en el índice para el pago de jubilaciones, ya está en instancia de la Corte Suprema. Además, calienta el ambiente para la antesala del fallo que el máximo Tribunal prepara para el 18 de diciembre en relación a otro tema que preocupa al oficialismo: la discutida validez del RIPTE como medio para calcular la movilidad jubilatoria que tendrá impacto en alrededor de 150 mil casos. Sobre ese tema, una inesperada palada de tierra llegó a través de una “perlita” del pasado, nada menos que de una de las socias principales del Gobierno.

El Consejo Económico y Social es uno de los seis órganos principales de la ONU dedicado a analizar contexto de aplicación de políticas públicas de Estados miembro y derechos económicos, sociales y culturales. Su cuarto informe periódico sobre Argentina fue publicado hace un mes y enumera una serie de críticas a varios aspectos de la gestión Cambiemos como la baja de rango de ministerios o el plan de déficit cero comprometido con el FMI. Divide sus conclusiones en “recomendaciones” o directamente “insta” a una modificación de políticas. Pero los puntos espinosos giran en torno al 37 y 38 del reporte. “El Comité está particularmente preocupado por el impacto negativo que la Ley 27426 de reforma previsional, de 2017, tiene en la actualización de jubilaciones y asignaciones familiares del Estado parte. Preocupa también al Comité la masiva suspensión de las pensiones no contributivas a personas con discapacidad sin adecuada garantía del debido proceso”, reprocha.

El nuevo índice para movilidad jubilatoria arrojó que para este año, contra inflación interanual, deja la suba de haberes 20 puntos por debajo: 28.45% versus estimada de 47% de inflación.

Esa modificación arrastra ya una declaración de inconstitucionalidad sobre su artículo 2, por haberse aplicado la nueva fórmula de forma retroactiva por parte de la Sala III de la Cámara de la Seguridad Social. El expediente presentado por Miguel Ángel Fernández Pastor ya escaló a la Corte, aunque no se espera un pronunciamiento durante 2018. Ese mismo fallo salvaba de tachar toda la reforma de inconstitucional atando a resultados futuros el incremento interanual de los haberes. Ese número es inferior al de la aplicación del cálculo anterior, lo que complica la consideración del principio de “progresividad” del sistema previsional.

“El Comité insta al Estado parte a restablecer el cálculo de actualización contemplado en la Ley 27160 (la anterior) y a condicionar toda futura medida sobre pensiones al respeto del principio de no regresión en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales de los beneficiarios, en particular en cuanto a las pensiones no contributivas y pensión por discapacidad”, las cuales reclamó “restituir”. La juez Adriana Cammarata había ordenado al Ministerio de Desarrollo Social reintegrar todos los beneficios dados de baja desde enero de 2017 y a pagar a los suspendidos bajo apercibimiento de multa diaria, en el marco de una acción de clase. Está apelado ese fallo de primera instancia.

En medio de las críticas de la ONU y de la amansadora suprema hasta el 18-D con un probable resultado negativo a las aspiraciones del Gobierno por el RIPTE, un hito del pasado emergió para sumar tensión a la alianza Cambiemos. En 2010, en pleno apogeo del kirchnerismo Elisa Carrió y siete diputados firmaron el proyecto 3040-D sobre “haber mínimo garantizado”, movilidad y recomposición salarial para jubilados que a partir del fallo “Badaro” pedía que se aplique el índice ISBIC por ley dado que argumentaba que debía utilizarse “el que resulte más conveniente para el beneficiario en la totalidad del período”. Hoy ese proyecto circula como consumo irónico por los pasillos del cuarto piso del Palacio de Tribunales porque va precisamente a contra mano del intento de la ANSES de convencer a la Corte que debe darle la razón en esta batalla.

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