27 de septiembre 2013 - 00:00

CHEQUES: el impuesto que llegó para quedarse

Como muchas cuestiones económicas argentas, especialmente las impositivas, iba a aplicarse por un tiempo limitado (no más de seis meses) y por única vez. Era agosto de 2001, y el ministro de Economía Domingo Cavallo presentaba su criatura tributaria temporal con la que garantizaría que el país enfrente con éxito las tormentas que preanunciaban la crisis económica y financiera más grave de la historia de la Argentina. Era el impuesto a créditos y débitos en cuentas bancarias, más conocido como "impuesto al cheque"; que tendría la misión de aportarle al Gobierno hasta unos 200 millones de dólares mensuales con los que el Ejecutivo de Fernando de la Rúa afrontaría los pagos corrientes necesarios para mantener la caja de recursos corrientes; y poder entonces disponer de otros recursos tributarios para destinarlos al pago de la deuda externa.

Como además se trataba de un impuesto temporal, el pedido de Cavallo incluía la posibilidad de no coparticipar los ingresos, con lo que cada peso que se recaudaría quedaría en las arcas del Ejecutivo. En otras palabras, nada a las provincias. La aprobación de la idea, fue el último aporte que el Congreso Nacional le hizo a la Alianza; sancionando la ley de creación del tributo en el marco de la Emergencia Económica que regía (también por ley) desde la sanción del Presupuesto de 2001. Curiosa historia paralela de ambos proyectos: fueron creados por única vez y cada año tienen prórroga por un ejercicio más, que siempre se promete como "el último".

Cavallo prometía que hacia abril de 2002, cuando el mundo se convenciera que no habría necesidad de temer por un default y una salida de la convertibilidad (léase devaluación violenta), el impuesto al cheque dejaría de existir. El mismo ministro de De la Rúa reconocía que se trataba de un impuesto absolutamente distorsivo, injusto y que sólo se justificaba ante la tragedia que se quería evitar. Para ser justos, Cavallo nunca pudo cumplir su promesa (fue eyectado en diciembre de 2001), con lo cual, de manera lineal, sólo sería culpable de su creación. Pero lo cierto es que con el impuesto al cheque pasó lo mismo que con otros primos hermanos: la promesa de no aumentar más un impuesto o crearlo sólo para cubrir una emergencia, es siempre un eufemismo para aplicar un instrumento recaudatorio más que con el tiempo tendrá una vida plena y fiscalmente irreemplazable para los gobiernos de turno.

Nada hará que el tributo a los débitos y créditos deje de regir durante 2014. Sólo resta que el Senado bendiga un año más de vida la próxima semana. Como consuelo habrá que mencionar que el impuesto (por el que se debe pagar un 0,6% al realizar una primera operación de depósito bancario más otro 0,6% para reforzar conceptos cuando el dinero se acredita), se mantiene como recurso no coparticipable con las provincias. Habrá que agradecer este mérito. El día en que, como se intentó este mismo año, el dinero recaudado se reparta con los gobernadores, igual que el resto de los impuestos será el año en que el tributo ya definitivamente quedará para siempre en el esquema fiscal argentino, basado en un sistema tributario de los de mayor presión a nivel mundial. La tendencia en realidad es la contraria a su potencial derogación. Lo que habrá que agradecer en 2014 es que no haya nuevos impuestos que cubran baches fiscales, más que pensar en la rebaja de la presión de otros, mucho menos el impuesto al cheque.

Es uno de los tributos más resistidos por la ciudadanía en general.

Según los especialistas es distorsivo, es resistido por todos los sectores de la actividad económica, fomenta la evasión y la elusión, al promover los pagos en efectivo que, en muchas oportunidades, no quedan registrados.

Las únicas excepciones a este régimen son las acreditaciones de haberes, jubilaciones y pensiones ni las extracciones que se realicen a su respeto. La propia ley excluye, además, al Estado nacional, provincial, municipal y a las reparticiones que funcionan en cada una de sus respectivas jurisdicciones.

En su artículo 3º, la ley establece que el producido de este impuesto queda afectado a la creación de un Fondo de Emergencia Pública que administrará el Poder Ejecutivo nacional con destino a la preservación del crédito público y a la recuperación de la competitividad de la economía, otorgándole preferencia a la actividad de las pequeñas y medianas empresas.

@cburgueno

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