Los organismos públicos y las entidades que administran recursos provenientes de aportes previsionales obligatorios deberán ajustarse a nuevas reglas para operar en el mercado de capitales. La Comisión Nacional de Valores (CNV) busca que estas transacciones se realicen bajo mayores estándares de transparencia, eficiencia y control, reduciendo su impacto sobre el funcionamiento del mercado.
La CNV limita las operaciones bilaterales de organismos públicos y cajas previsionales: qué cambia
La nueva regulación impide que organismos públicos, cajas previsionales y otros administradores de fondos de origen público o previsional realicen operaciones en segmentos bilaterales no garantizados. Deberán canalizar sus transacciones a través de mercados o cámaras compensadoras con garantía de liquidación.
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Desde el organismo señalaron que la iniciativa busca reducir riesgos asociados a prácticas irregulares y promover una mayor integridad del mercado.
A partir de la Resolución General 1151, los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC) y los Agentes de Negociación (AN) ya no podrán registrar operaciones de estos inversores en segmentos bilaterales no garantizados. En cambio, deberán canalizarse exclusivamente a través de mercados o cámaras compensadoras que actúen como contraparte central y ofrezcan garantía de liquidación.
A quiénes alcanza la medida
La resolución abarca a un grupo de inversores calificados que la CNV denomina "Sujetos Restringidos". Entre ellos se encuentran:
- Organismos y entidades comprendidos en la Ley de Administración Financiera del Estado.
- Entes públicos no estatales.
- Organismos provinciales, municipales y de la Ciudad de Buenos Aires que tengan características equivalentes a las entidades nacionales alcanzadas.
- Cajas previsionales y otras instituciones que administren aportes previsionales obligatorios no estatales.
Sin embargo, la regulación excluye expresamente a las entidades financieras reguladas por la Ley de Entidades Financieras y también al Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la ANSES.
Qué cambia en la práctica
Hasta ahora, estos actores podían concretar determinadas operaciones mediante segmentos bilaterales, donde las condiciones se pactan directamente entre las partes.
Con la nueva norma, deberán operar en ámbitos más abiertos y competitivos, donde las transacciones quedan expuestas a mecanismos de mercado y cuentan con mayores niveles de supervisión.
Según explicó la CNV, el objetivo es asegurar que las operaciones se ejecuten en condiciones de mercado, minimizar posibles distorsiones sobre los precios y fortalecer la transparencia en la negociación de activos financieros.
El objetivo detrás de la resolución
Desde el organismo señalaron que la iniciativa busca reducir riesgos asociados a prácticas irregulares y promover una mayor integridad del mercado. En ese sentido, el presidente de la CNV, Roberto Silva, sostuvo que la medida apunta a que las operaciones se realicen "en ámbitos de negociación que aseguren una ejecución eficiente, en condiciones de mercado, y con el menor impacto posible sobre su funcionamiento".
La decisión se enmarca en la estrategia del regulador de profundizar los mecanismos de negociación transparentes y competitivos, especialmente cuando se trata de entidades que administran recursos públicos o fondos previsionales, buscando que las transacciones cuenten con mayor concurrencia, trazabilidad y adecuada formación de precios.
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