25 de abril 2018 - 00:00

Netflix más caro, desde hoy con IVA

El impuesto a los servicios digitales incluye a plataformas como Spotify, Airbnb y Homeaway.

Desde hoy, los usuarios de servicios digitales como Netflix o Spotify pagarán sus abonos 21% más caros debido a la aplicación del IVA que puso en marcha el Gobierno por medio de un decreto que reglamenta uno de los aspectos de la reforma fiscal aprobada en diciembre.

En el caso de la plataforma de streaming, el abono básico pasará de $129 a $156,10; el estándar de $160 a $193,6 y el premium de $229 a $277,10. En tanto que para el sitio de descarga de música, el costo pasará de $69 a $83,49 en el básico, y de $103 a $124,60 para el Plan Familiar.

Expertos coinciden en que lo que puede aportar este segmento de la actividad económica a la recaudación es limitado, pero que constituye una acción del Gobierno destinada a igualar la situación fiscal de estas empresas con las de otro sector y con las expresas del exterior.

De hecho, en los justificativos del decreto publicado en el Boletín Oficial se deja claro que es una materia nueva. "El tratamiento de los servicios digitales en los referidos tributos resulta actualmente materia de análisis en numerosos países, encontrándose la normativa relativa a ellos en continuo avance y perfeccionamiento y siendo su estudio y abordaje una tarea constante en el seno de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)".

Como las empresas no brindan información sobre cantidad de clientes en el país, se puede estimar que sobre un millón de usuarios, a 30 pesos promedio de IVA, lo que dejaría esto es de apenas $30 millones.

Existen otros servicios con abonos que también quedarán alcanzados, como las empresas de hospedaje Airbnb y Homeaway. También resultarán más caros los juegos de celulares o para consolas que se descarguen desde plataformas, al igual que las app que se bajen desde Itunes o Google Play. En general, cualquier servicio digital que se quiera contratar en el exterior, como suscribirse a una publicación, quedará alcanzado.

La reglamentación señala que cuando la empresa que provea el servicio tenga oficinas en Argentina, serán estás filiales las que oficiarán como agentes de retención del IVA. Pero en el caso de proveedores del servicio puramente del exterior, sin oficinas en el país, las tarjetas de crédito o débito, los bancos o el sistema de cobro que se use serán quienes actúen de agentes de percepción del tributo.

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