• ES PARA QUIENES POSEAN ACUERDOS PREVENTIVOS EXTRAJUDICIALES, HOMOLOGADOS ANTE EL JUEZ Se podrán cancelar deudas fiscales hasta en 60 cuotas con una tasa del 3% mensual. Los que entren podrán levantar embargos.
Leandro Cuccioli
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha un nuevo plan de pagos de 60 cuotas para empresas en Acuerdo Preventivo Extrajudicial (APE). El objetivo de la medida es salir en rescate de aquellas empresas o particulares que debido al contexto económico de crisis hayan declarado problemas para pagar sus deudas. El APE es una herramienta previa a la instancia judicial, que a diferencia del Concurso Preventivo, en caso de no ser aceptado por los acreedores, no implica la declaración de quiebra.
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La nueva ayuda para empresas fue puesta en vigencia a través de la Resolución General 4341. Las empresas o particulares que quieran acceder al plan tendrán que presentar ante el organismo fiscal el acuerdo homologado ante un juez, que es lo que otorga validez.
Una de las grandes empresas en esta condición es el grupo IMPSA, cuyo histórico presidente Enrique Pescarmona, tuvo que renunciar a su cargo como parte de las exigencias de sus acreedores. Otro caso es el de la cooperativa láctea Sancor, que también homologó un APE y ahora se encuentra en proceso de venta de activos o asociación con empresas privadas.
La AFIP asegura que "se estima oportuno instrumentar -a los fines de resguardar la existencia del sujeto deudor y mantener el nivel de empleo- un régimen de facilidades de pago que permita incluir las obligaciones adeudadas una vez homologado el acuerdo, en tanto no implique un riesgo para los créditos del Fisco".
El nuevo programa dispone un plan de 60 cuotas mensuales, con un anticipo del 5% y una tasa de interés del 3%, y permitirá a los beneficiarios levantar embargos que le haya impuesto la AFIP, cuando el cobro de la deuda estuviera en gestión judicial,
La norma indica que "se podrán cancelar las deudas relativas a obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, vencidas hasta la fecha de su consolidación ante esta Administración Federal, y los correspondientes accesorios, conforme al régimen especial de facilidades de pago que se establece por esta resolución general".
Quedan incluídos:
a) Los saldos pendientes de cancelación de planes de facilidades de pago caducos.
b) Los aportes personales de los trabajadores autónomos.
c) Los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).
d) El impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas correspondientes a los adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
e) Las deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, así como en ejecución judicial, en tanto el demandado se allane incondicionalmente o desista de toda acción y derecho, incluso el de repetición y, en su caso, asuma el pago de las costas y gastos causídicos.
f) El impuesto establecido en la Ley de Impuesto a las Ganancias, que recae sobre las erogaciones no documentadas.
g) Las retenciones y percepciones impositivas o previsionales, practicadas o no.
El organismo que conduce Leandro Cuccioli viene ampliando la gama de planes y beneficios para empresas, sobre todo las pymes, en un año de recesión económica fuerte.
Este año lanzó un plan de pagos de hasta 48 cuotas para deudas acumuladas hasta setiembre de este año, que incluye saldos de Impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales.
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