18 de abril 2013 - 00:00

Un atajo sutil para un final anunciado

La resolución de los camaristas del fuero federal en lo Civil y Comercial Francisco de las Carreras, Susana Najurieta y Ricardo Guarinoni animó ayer por la tarde múltiples encuentros tanto en la planta baja como en el cuarto piso del Palacio de Tribunales, donde se ubican los despachos de la Corte Suprema. La percepción en el ámbito de los tribunales fue la de una "salida elegante": declarar la inconstitucionalidad de dos artículos esenciales para el Gobierno en lo referido al tope de las licencias permitidas, pero avalar los plazos de desinversión previstos en la norma. Ahora todas las emociones pasarán a la Corte, allí ambas partes darán la pelea final.

El fallo fue escrito prácticamente en su totalidad por De las Carreras, quien una vez más dejó en evidencia su protagonismo en la Sala I. Najurieta realizó aportes técnicos, pero no se debió a una cuestión procesal sino netamente política: el fallo tiene modificaciones respecto de su borrador final. Éste era entero de De las Carreras y estaba listo para emitirse el pasado martes apenas 24 horas después del anuncio de Cristina de Kirchner sobre la reforma judicial. Gestiones de urgencia lograron demorarlo y aplicarle un tamiz que no diera la imagen del Gobierno ante una nueva derrota.

Hay otro detalle: ahora la apelación final ante la Corte no será sólo del Gobierno. El Grupo Clarín también acudirá al máximo tribunal. A diferencia de otros expedientes que involucran al sector privado con el Estado, esta vez una victoria a medias no convence a ninguna de las partes.

Al igual que en el fallo que frustrara el promocionado 7D, cuando supuestamente expiraba la cautelar favorable a Clarín, la Cámara incorporó nociones sobre libertad de expresión, financiamiento de las empresas periodísticas e independencia económica del Estado. Argumentos sustentados con jurisprudencia de los Estados Unidos pero que hasta el momento no aparecen en los escritos de la Corte.

Aceptar como constitucional el articulo 161 es un guiño encubierto al kirchnerismo. Conceden los plazos de desinversión (1 año), pero al considerar inconstitucionales los artículos 45 y 48 dejan a la empresa en una situación cómoda, prácticamente sin incurrir en infracciones. Una determinación en sintonía con la visión de Derecho a la propiedad privada que domina en la Cámara.

Como a lo largo de todo el expediente, igualmente persisten zonas grises. La más evidente es la referida a los plazos: "¿A partir de cuándo corre el año?, eso no está especificado", era la pregunta que ayer se hacían los abogados de Clarín. Desde la Cámara hubo una respuesta instantánea: "Desde este momento".

La Corte celebró el fallo. Los secretarios letrados lo consideraron correcto desde lo técnico y con una visión política que cosechó elogios: los camaristas se explayaron sobre el rol de contrapeso que debe tener el Poder Judicial más allá de lo que se decida en el plano legislativo. Ahora finalmente el expediente llegará entero a la Corte. Es lo que siempre quisieron sus integrantes. Deberán revisar un fallo cuya sintonía con su parecer terminó siendo mayor a la esperada.

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