15 de abril 2024 - 12:38

Subsidios a las tarifas de luz y gas: volvió a subir el tope de ingresos por familia

Con la Canasta Básica Total de marzo por encima de $773.000, muchos usuarios Nivel 1 de mayores ingresos que no recibían subsidios bajaron al Nivel 3, que sí pueden acceder al beneficio. El detalle.

Subsidios. El Gobierno todavíam permite la presentación de DDJJ para solicitar los beneficios en la factura de luz y gas.  

Subsidios. El Gobierno todavíam permite la presentación de DDJJ para solicitar los beneficios en la factura de luz y gas.  

El viernes pasado el INDEC informó que la CBT subió 11,9% frente a febrero, y que una familia tipo de cuatro integrantes necesitó ingresos por $773.385,10 para no ser considerada en pobre. Conocida esa cifra, se actualizaron automáticamente los topes de ingresos para recibir subsidios establecidos en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), puesto en marcha con el Decreto 332/22 del gobierno anterior.

El RASE fijó tres segmentos de usuarios residenciales con niveles de subsidios diferenciados:

  • Nivel 1 – Mayores Ingresos: pagan costo pleno de las tarifas y no reciben ningún subsidio
  • Nivel 2 – Menores Ingresos: reciben subsidios, con máximos de consumo.
  • Nivel 3 – Ingresos Medios: reciben subsidios parciales, con máximos de consumo.

Por ahora el Gobierno nacional decidió retirar por completo los subsidios a los usuarios industriales y comerciales. En el caso de los residenciales solo ratificó la quita total para los Nivel 1, pero todavía no reglamentó los criterios específicos para la revisión de subsidios para N2 y N3, que se mantienen según normativa anterior.

El DNU 70 de Javier Milei, que la Corte Suprema debe analizar en profundidad por la multiplicidad de amparos en su contra, facultó a la Secretaría de Energía de Eduardo Rodríguez Chirrillo a redeterminar la estructura de subsidios vigentes a fin de asegurar a los usuarios finales el "acceso al consumo básico y esencial de energía eléctrica y gas natural".

Lo cierto es que la audiencia pública por la redeterminación de subsidios se realizó el 29 de febrero sin impugnaciones y que más allá de la publicación de los nuevos cuadrados tarifarios, por ahora sigue vigente el RASE. Y es más, con la suba de la Canasta Básica de marzo más usuarios cayeron de Nivel 1 a Nivel 3, y de Nivel 3 a Nivel 2, con lo cual hay más habilitados para solicitar ayuda del Estado para cubrir las tarifas. De hecho, aún hoy se pueden tramitar el pedido de subsidios a través de una Declaración Jurada, aunque desde Economía deslizaron que esos trámites están totalmente paralizados.

El gran cambio que se avecina en este tema es la entrada en vigencia de una Canasta Básica Energética, que se demora en el tiempo. En principio la CBE se iba a implementar a partir de marzo pasado, luego se postergó a mayo y ahora quedó defintivamente en stand by. Fuentes oficiales admiten la dificultad para determinar los ingresos de una familia en la Argentina: "Más del 40% de los usuarios de luz y gas tienen ingresos sin declarar".

Cómo quedaron los nuevos segmentos tarifarios a partir de abril 2024

Segmento de ingresos altos (N1): no reciben beneficio

Son hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:

  • Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $2.706.847,85(3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC). Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $3.302.354,377 (con 22% de la CBT extra).
  • Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
  • Tener 3 o más inmuebles.
  • Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

Segmento de ingresos medios (N3): pueden solicitarlo

  • Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:
  • Ingresos mensuales totales entre $773.385,10 y $2.706.847,85 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $1.160.077,65 y $2.706.847,85 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
  • Poseer hasta 2 inmuebles.
  • Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.

Segmento de menores ingresos (N2): pueden solicitarlo

Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen las siguientes condiciones:

  • Ingresos netos menores a $773.385,10(1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $1.160.077,65 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
  • Poseer hasta 1 inmueble.
  • No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.

Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:

  • Una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.
  • Una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD). Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $1.160.077,65 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
  • Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM. Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $773.385,10 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.

¿Qué pasa con los subsidios al gas?

La Resolución 41/2024 del 27 de marzo pasado estableció que hasta tanto se adopten nuevas medidas en relación al proceso de redeterminación de subsidios conforme con lo dispuesto por el Artículo 177 del DNU 70/23, se continuará con la agrupación de las categorías de usuarios y con el sendero gradual de reducción del subsidio al precio del gas natural en el PIST. O sea, subieron el precio del gas, pero no modificaron la segmentación.

Al mismo tiempo, esa norma ratificó la quita plena de los subsidios para los usuarios N1 -que se alcanzó en el trimestre mayo-julio de 2023-, mientras que para los usuarios N2 no hubo quita y para los usuarios N3 sólo hubo una quita menor en febrero de 2023.

De este modo, se fijó que los usuarios N1 pasarán a abonar desde abril (con las facturas de mayo) el costo pleno del servicio público de gas natural por red contenido en la factura, lo que puede implicar subas de más de 300% por hogar.

¿Qué pasa con los subsidios a la energía eléctrica ?

El mismo 27 de marzo el Ente Regulador de la Electricidad (ENRE) publicó a través de las Resoluciones 198/2024 y 199/2024 los nuevos cuadros tarifarios para los usuarios de las distribuidoras Edenor y Edesur. En ambas normas el organismo a cargo del interventor Darío Oscar Arrué consideró indispensable subdividir la categoría T1-R referida a las Pequeñas Demandas Uso Residencial, en nuevos bloques de consumo.

Antes solo se medían de R1 a R4. Pero por un desafasaje que llegaría a un tarifazo del 400% para los R4, se resolvió modificar la estructura de la Tarifa T1-R, abriendo las categorías R3 y R4 e incorporando dos bloques adicionales denominados R5 y R6.

Por lo tanto, a partir de ahora se tendrán en cuenta las siguientes catergorías:

  • T1-R1 para consumos entre 0 y 150 kWh/mes.
  • T1-R2 para consumos entre 150 kWh/mes y 400 kWh/mes.
  • T1-R3 para consumos entre 401 kWh/mes hasta 500 kWh/mes.
  • T1-R4 para los consumos entre 501 kWh/mes hasta 600 kWh/mes.
  • T1-R5 para consumos de 601 kWh/mes hasta 700 kWh/mes.
  • T1-R6 para consumos mayores a 701 kWh/mes.

Este cambio implicó asociar el nivel de consumo con los niveles de ingresos y se reagruparon las nuevas categorías a la segmentación anterior. Por lo tanto, las resoluciones fijaron los valores de los nuevos cuadros tarifarios a aplicar para:

  • Tarifa T1-R Nivel 1 (sin subsidios)
  • Tarifa T1-R Nivel 2 (con topes de consumo subsidiado)
  • T1- R Entidades de Bien Público (con topes de consumo subsidiado)
  • Tarifa T1-R Nivel 3 (con topes de consumo subsidiado)
  • Clubes de Barrios y Pueblo (con topes de consumo subsidiado)
  • Medidores Autoadministrados de Edenor (con topes de consumo subsidiado)

Los motivos del Gobierno de Milei para la quita de subsidios

Un informe de la Dirección de Información Energética del Ministerio de Economía al que accedió Energy Report justificó la eliminación o reducción al máximo de los subsidiso a la energía. Entre otros argumentos, los funcionarios sostuvieron:

  • Con el esquema actual se otorgan subsidios a la oferta y no a la demanda. Esta decisión implicó transferencias del Tesoro a un ritmo de u$s5.238 millones anuales durante los últimos 20 años.
  • Existe una superposición de subsidios, que puede desalentar el consumo racional de la energía y evita que el usuario identifique en la factura el costo real.
  • El Decreto 322/2022 no contempló una segmentación adecuada por zona bioclimática, un factor crucial para cualquier política ambiental o de construcción sostenible.
  • La segmentación (N1, N2 y N3) solo tiene en cuenta los índices salariales recopilados por el INDEC (CBT), en los que se consideran los ingresos del titular solicitante del subsidio y el grupo de convivientes, pero no los consumos energéticos.
  • El esquema implementado se tornó más oneroso para el Estado y no se observaron mejoras en la calidad del servicio ofrecido tanto en gas por redes como en energía eléctrica.

Cuál será la metodología general para establecer el alcance y el monto del subsidio

La metodología consta de los siguientes pasos:

  • Determinación de la Canasta Básica Energética (CBE).
  • Valorización económica de la CBE en base a las tarifas vigentes.
  • Cálculo inicial de ingresos actualizados del hogar (considerando el grupo de convivientes) en base a las declaraciones efectuadas en el marco del Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía - RASE (Decreto 332/23).
  • Análisis de los ingresos de los integrantes de los grupos convivientes, utilizando las bases del Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS) y otras bases, a cargo de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología, a fin de cotejar la información sobre nivel de ingresos provista en las declaraciones juradas.
  • Cálculo del subsidio para cada uno de los beneficiarios del nuevo esquema.
  • Transferencia del monto de subsidio a cada beneficiario.
  • Monitoreo y actualización mensual de la información sobre ingresos provista por los convivientes, conforme a lo previsto en el punto 4), a fin de identificar errores de inclusión.

¿Qué es la Canasta Básica Energética?

La Canasta Básica Energética (CBE) toma en cuenta la suma de los ingresos de las personas que cohabitan en un mismo hogar, que estarán divididos en tres grupos.

  • 1 o 2 personas
  • 3 o 4 personas
  • 5 o más personas

Actualmente, en el país en total hay 16,1 millones de usuarios de electricidad y 9,5 millones de usuarios que tienen gas por red, más los usuarios de garrafas.

Para asignar un domicilio físico al ID hogar, se elegirá aleatoriamente una provincia y departamento de la base de personas de alguno de los integrantes del hogar, dado que se carece de la información GEO del ID hogar. Según Energía, la elección priorizará, en caso de existir la condición, aquellos registros con información más completa.

También se analizará la biozona de residencia para lo cual se clasificarán seis niveles, desde muy cálido hasta muy frío, además de considerarse la media del mes actual a subsidiar para cada biozona específica, y la utilización de servicios como electricidad, gas natural y/o gas licuado de petróleo.

¿Cuál es la nueva propuesta para eliminar los subsidios?

La propuesta oficial prevé determinar los ingresos totales del grupo conviviente y subsidiar únicamente a aquellas familias cuyo costo del CBE exceda el 10% del ingreso conjunto, tomando en consideración también a otros parámetros como las zonas bioclimáticas del país.

Pero además de esto, se propondrían nuevos criterios de exclusión a los subsidios, según los anexos publicados en la página web de la audiencia convocada por la Secretaría de Energía, pero que no fueron utilizados por funcionarios públicos durante la exposición del 29 de febrero.

¿Quiénes no podrían acceder al subsidio?

  • Si tiene al menos 1 aeronave
  • Si tiene al menos 1 embarcación de lujo o con fines recreativos
  • Si tiene al menos 2 o más propiedades inmuebles
  • Si la antigüedad del automotor es menor a 5 años o dos autos con una antigüedad menor a 10 años
  • Si tiene un automóvil de lujo o colección independientemente de la antigüedad que registra

Además, tampoco podrían acceder a los subsidios quienes:

  • hayan comprado dólares en al menos uno de los últimos tres meses;
  • hayan viajado a países no limítrofes en los últimos cinco años;
  • tengan una prepaga no vinculada a su empleo en relación de dependencia
  • reciban a su nombre facturas de telefonía móvil superiores al 25% del Salario Mínimo Vital y Móvil ($50.700 desde marzo)
  • los que realicen a partir de marzo consumos con tarjeta de crédito o a través de billeteras virtuales equivalentes a cinco salarios mínimos (unos $900.000 desde el mes que viene)
  • pertenezcan al directorio o ser propietario de una empresa privada (IGJ)

El nuevo esquema de subsidios, por otro lado, será limitado en el tiempo: es decir, los usuarios deberán declarar, al menos anualmente, sus condiciones socioeconómicas y la necesidad de mantenerlos.

Con este esquema, la Secretaría de Energía busca resolver "las incongruencias que resultan de la acumulación de los esquemas" de subsidios vigentes que coexisten y se acumulan en una misma factura.

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